Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13714)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88998
II.5.3. Recomendación 14:
Debe licitar a la mayor brevedad el expediente de contratación para la concesión
administrativa del servicio de tratamiento y eliminación de residuos en la que se prevean los
instrumentos de seguimiento y control que la concesionaria debe ejercer sobre la prestación
del servicio a la totalidad de los ayuntamientos mancomunados y dando fin a la situación
irregular de prórroga forzosa de la actual concesión.
El servicio de tratamiento y eliminación de residuos15, prestado mediante concesión administrativa,
constituye la actividad principal de la Mancomunidad puesto que la constitución de la misma tenía
como objeto garantizar la prestación del servicio a todos los municipios del área territorial a que se
extiende esta.
Habida cuenta de que la concesión tenía una vigencia hasta el 30 de marzo de 2016, la Junta
General de la Mancomunidad, en sesión celebrada el 28 de ese mes, declaró su caducidad,
acordándose, juntamente, su prórroga forzosa por razones imperiosas de interés general con
carácter excepcional hasta la adjudicación de una nueva concesión administrativa para la prestación
de este servicio y el inicio de los actos preparatorios para licitar nuevamente la concesión.
Pese a que la Mancomunidad conocía que la concesión vigente expiraba en la fecha indicada, con
anterioridad a la misma, no se llevaron a cabo actuaciones suficientes para la licitación de una
nueva concesión. No fue hasta 2017, con la concesión caducada y prorrogada forzosamente por
razones de emergencia, cuando se comenzaron a realizar estas actuaciones, que no llegaron a
concluirse.
En el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de los Alcores para la gestión de los residuos
sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019, se puso de manifiesto que la Mancomunidad seguía sin
llevar a cabo la licitación correspondiente y la concesionaria continuaba prestando el servicio en
régimen de prórroga forzosa, lo que supone una vulneración de la normativa sobre contratación
pública y la consolidación en el tiempo de esta situación irregular.
A fecha de corte de la presente fiscalización, continúa sin licitarse el expediente de contratación
para la concesión del servicio. Únicamente se han realizado ciertas actuaciones preparatorias muy
preliminares, como es la redacción de borradores de la memoria justificativa, del pliego de
prescripciones técnicas y anexos para la contratación del servicio de tratamiento y eliminación de
residuos sólidos urbanos y residuos de envases en el centro de tratamiento Montemarta- Cónica,
documentación que se encuentra aún en proceso de revisión y de aprobación.
Asimismo, la entidad está trabajando en un borrador de acuerdo de colaboración con objeto de
impulsar la eficiencia de los procesos realizados para el reciclaje de los residuos de envases ligeros
en el ámbito de la gestión realizada por la Mancomunidad a través de la mejora de las instalaciones
de tratamiento situadas en el Centro Integral de Tratamiento de Montemarta-Cónica.
Este servicio se presta mediante gestión indirecta a través de una concesión administrativa, que tiene su origen en otra
concesión de 28 de abril de 1965 del Ayuntamiento de Sevilla para la prestación de este servicio. La Mancomunidad, por
Acuerdo de la Junta General de 30 de abril 1991, se subrogó en todos los derechos y obligaciones que con respecto a la
misma tenía el Ayuntamiento de Sevilla, con modificaciones en el contenido de la concesión originaria, entre las que
destacan la clausura de algunas instalaciones de la concesionaria que se venían utilizando y la construcción de una nueva
planta de tratamiento en la finca denominada Montemarta-Cónica. Las condiciones actuales de esta concesión fueron
modificadas por acuerdo de la Junta General de la Mancomunidad en sesión celebrada el 6 de marzo de 1998.
cve: BOE-A-2025-13714
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88998
II.5.3. Recomendación 14:
Debe licitar a la mayor brevedad el expediente de contratación para la concesión
administrativa del servicio de tratamiento y eliminación de residuos en la que se prevean los
instrumentos de seguimiento y control que la concesionaria debe ejercer sobre la prestación
del servicio a la totalidad de los ayuntamientos mancomunados y dando fin a la situación
irregular de prórroga forzosa de la actual concesión.
El servicio de tratamiento y eliminación de residuos15, prestado mediante concesión administrativa,
constituye la actividad principal de la Mancomunidad puesto que la constitución de la misma tenía
como objeto garantizar la prestación del servicio a todos los municipios del área territorial a que se
extiende esta.
Habida cuenta de que la concesión tenía una vigencia hasta el 30 de marzo de 2016, la Junta
General de la Mancomunidad, en sesión celebrada el 28 de ese mes, declaró su caducidad,
acordándose, juntamente, su prórroga forzosa por razones imperiosas de interés general con
carácter excepcional hasta la adjudicación de una nueva concesión administrativa para la prestación
de este servicio y el inicio de los actos preparatorios para licitar nuevamente la concesión.
Pese a que la Mancomunidad conocía que la concesión vigente expiraba en la fecha indicada, con
anterioridad a la misma, no se llevaron a cabo actuaciones suficientes para la licitación de una
nueva concesión. No fue hasta 2017, con la concesión caducada y prorrogada forzosamente por
razones de emergencia, cuando se comenzaron a realizar estas actuaciones, que no llegaron a
concluirse.
En el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de los Alcores para la gestión de los residuos
sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019, se puso de manifiesto que la Mancomunidad seguía sin
llevar a cabo la licitación correspondiente y la concesionaria continuaba prestando el servicio en
régimen de prórroga forzosa, lo que supone una vulneración de la normativa sobre contratación
pública y la consolidación en el tiempo de esta situación irregular.
A fecha de corte de la presente fiscalización, continúa sin licitarse el expediente de contratación
para la concesión del servicio. Únicamente se han realizado ciertas actuaciones preparatorias muy
preliminares, como es la redacción de borradores de la memoria justificativa, del pliego de
prescripciones técnicas y anexos para la contratación del servicio de tratamiento y eliminación de
residuos sólidos urbanos y residuos de envases en el centro de tratamiento Montemarta- Cónica,
documentación que se encuentra aún en proceso de revisión y de aprobación.
Asimismo, la entidad está trabajando en un borrador de acuerdo de colaboración con objeto de
impulsar la eficiencia de los procesos realizados para el reciclaje de los residuos de envases ligeros
en el ámbito de la gestión realizada por la Mancomunidad a través de la mejora de las instalaciones
de tratamiento situadas en el Centro Integral de Tratamiento de Montemarta-Cónica.
Este servicio se presta mediante gestión indirecta a través de una concesión administrativa, que tiene su origen en otra
concesión de 28 de abril de 1965 del Ayuntamiento de Sevilla para la prestación de este servicio. La Mancomunidad, por
Acuerdo de la Junta General de 30 de abril 1991, se subrogó en todos los derechos y obligaciones que con respecto a la
misma tenía el Ayuntamiento de Sevilla, con modificaciones en el contenido de la concesión originaria, entre las que
destacan la clausura de algunas instalaciones de la concesionaria que se venían utilizando y la construcción de una nueva
planta de tratamiento en la finca denominada Montemarta-Cónica. Las condiciones actuales de esta concesión fueron
modificadas por acuerdo de la Junta General de la Mancomunidad en sesión celebrada el 6 de marzo de 1998.
cve: BOE-A-2025-13714
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