Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-13721)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de La Rioja, para la creación de la «Comisión Mixta de los Letrados de la Administración de Justicia y la Comunidad Autónoma de La Rioja».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89436
Consejerías la competencia para aprobar los convenios y protocolos que celebre la
Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Mediante el presente convenio se crea la Comisión Mixta entre la Consejería de
Salud y Políticas Sociales y los Letrados de la Administración de Justicia destinados en
órganos y servicios del ámbito de la comunidad, conforme a lo previsto en el
artículo 452.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por
la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, como órgano de información,
comunicación, coordinación, colaboración y cooperación entre la Consejería con
competencias en materia de Justicia y los Letrados de la Administración de Justicia.
Segunda. Funciones.
La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:
1. Con carácter general, conocerá cuantas cuestiones afecten al ámbito
competencial de la Comunidad Autónoma de La Rioja y al ejercicio de la función de los
Letrados de la Administración de Justicia de ordenación de la actividad del personal
integrante de la Oficina judicial, como directores técnico-procesales.
2. Ejercerá, en particular, las siguientes funciones:
a) Conocer la planificación y actuaciones respecto del personal al servicio de la
Administración de Justicia que guarden relación con el ejercicio de las funciones de los
Letrados de la Administración de Justicia.
b) Conocer las aplicaciones y tecnologías de la información y la comunicación que la
Comunidad Autónoma de La Rioja implante en los órganos y servicios de la Administración de
Justicia, que guarden relación con las funciones propias de los Letrados de la Administración
de Justicia o con las que les correspondan como directores técnico-procesales.
c) Conocer la planificación y contenido de las actividades formativas dirigidas al
personal al servicio de la Administración de Justicia.
d) Impulsar la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial mediante el diseño,
creación y organización de los Servicios Comunes Procesales y de las Unidades Procesales.
e) Conocer la planificación y ejecución sobre la provisión de medios materiales que
se efectúe por la Comunidad Autónoma de La Rioja en lo que guarde relación con las
funciones de los Letrados de la Administración de Justicia.
1. La Comisión Mixta estará copresidida por la persona titular de la Consejería con
competencias en materia de Justicia del Gobierno de La Rioja y por el Secretario de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La presidencia se ejercerá, alternando por semestres naturales, por la persona titular
de la Consejería con competencias en materia de Justicia del Gobierno de La Rioja y por
el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma
de La Rioja, empezando por el primero de ellos, actuando el segundo como
vicepresidente de la Comisión.
2. La Comisión Mixta estará integrada por los siguientes miembros:
a) En representación de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, su titular, el
titular de la Dirección General de Justicia e Interior y la persona que ostente la jefatura
cve: BOE-A-2025-13721
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Composición.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89436
Consejerías la competencia para aprobar los convenios y protocolos que celebre la
Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Mediante el presente convenio se crea la Comisión Mixta entre la Consejería de
Salud y Políticas Sociales y los Letrados de la Administración de Justicia destinados en
órganos y servicios del ámbito de la comunidad, conforme a lo previsto en el
artículo 452.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por
la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, como órgano de información,
comunicación, coordinación, colaboración y cooperación entre la Consejería con
competencias en materia de Justicia y los Letrados de la Administración de Justicia.
Segunda. Funciones.
La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:
1. Con carácter general, conocerá cuantas cuestiones afecten al ámbito
competencial de la Comunidad Autónoma de La Rioja y al ejercicio de la función de los
Letrados de la Administración de Justicia de ordenación de la actividad del personal
integrante de la Oficina judicial, como directores técnico-procesales.
2. Ejercerá, en particular, las siguientes funciones:
a) Conocer la planificación y actuaciones respecto del personal al servicio de la
Administración de Justicia que guarden relación con el ejercicio de las funciones de los
Letrados de la Administración de Justicia.
b) Conocer las aplicaciones y tecnologías de la información y la comunicación que la
Comunidad Autónoma de La Rioja implante en los órganos y servicios de la Administración de
Justicia, que guarden relación con las funciones propias de los Letrados de la Administración
de Justicia o con las que les correspondan como directores técnico-procesales.
c) Conocer la planificación y contenido de las actividades formativas dirigidas al
personal al servicio de la Administración de Justicia.
d) Impulsar la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial mediante el diseño,
creación y organización de los Servicios Comunes Procesales y de las Unidades Procesales.
e) Conocer la planificación y ejecución sobre la provisión de medios materiales que
se efectúe por la Comunidad Autónoma de La Rioja en lo que guarde relación con las
funciones de los Letrados de la Administración de Justicia.
1. La Comisión Mixta estará copresidida por la persona titular de la Consejería con
competencias en materia de Justicia del Gobierno de La Rioja y por el Secretario de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La presidencia se ejercerá, alternando por semestres naturales, por la persona titular
de la Consejería con competencias en materia de Justicia del Gobierno de La Rioja y por
el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma
de La Rioja, empezando por el primero de ellos, actuando el segundo como
vicepresidente de la Comisión.
2. La Comisión Mixta estará integrada por los siguientes miembros:
a) En representación de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, su titular, el
titular de la Dirección General de Justicia e Interior y la persona que ostente la jefatura
cve: BOE-A-2025-13721
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Composición.