Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-25662)
Extracto de Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del arte contemporáneo español, correspondientes a 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Sábado 5 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 39234
Los proyectos respetarán la normativa reguladora en materia de propiedad
intelectual, en particular, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y su
normativa de desarrollo (BOE núm. 97, de 22 de abril de 1996).
Segundo.- Condición de persona beneficiaria.
1. Podrán solicitar estas ayudas las personas jurídicas y las personas físicas
inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que realicen las
actividades a las que se refiere el apartado Primero.2, tengan residencia fiscal en
España y cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la
normativa vigente en materia de subvenciones.
2. Quedan excluidas las Entidades que integran el Sector Público, entendidas
en el sentido previsto en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, los consorcios, mancomunidades u otras
personificaciones públicas constituidas mayoritariamente por dichas
Administraciones Públicas, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y cualquier
otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Publicada en el B.O.E. núm. 275, de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 300.000 €.
Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 24.05.333B.471, repartido
en dos líneas según el tipo de proyecto, con la siguiente distribución:
A - Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter
internacional en España: 150.000 €.
B - Programación anual en galerías de arte: 150.000 €.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Madrid, 17 de junio de 2025.- La Directora General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.
ID: A250032873-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-25662
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el
Boletín Oficial del Estado.
Núm. 161
Sábado 5 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 39234
Los proyectos respetarán la normativa reguladora en materia de propiedad
intelectual, en particular, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y su
normativa de desarrollo (BOE núm. 97, de 22 de abril de 1996).
Segundo.- Condición de persona beneficiaria.
1. Podrán solicitar estas ayudas las personas jurídicas y las personas físicas
inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que realicen las
actividades a las que se refiere el apartado Primero.2, tengan residencia fiscal en
España y cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la
normativa vigente en materia de subvenciones.
2. Quedan excluidas las Entidades que integran el Sector Público, entendidas
en el sentido previsto en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, los consorcios, mancomunidades u otras
personificaciones públicas constituidas mayoritariamente por dichas
Administraciones Públicas, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y cualquier
otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Publicada en el B.O.E. núm. 275, de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 300.000 €.
Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 24.05.333B.471, repartido
en dos líneas según el tipo de proyecto, con la siguiente distribución:
A - Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter
internacional en España: 150.000 €.
B - Programación anual en galerías de arte: 150.000 €.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Madrid, 17 de junio de 2025.- La Directora General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.
ID: A250032873-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-25662
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el
Boletín Oficial del Estado.