Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-13850)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Universidad Carlos III de Madrid, para la adscripción del Centro Universitario de la Guardia Civil a dicha Universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Sábado 5 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89957

4. Cualquier modificación del contenido de este convenio será efectiva siempre que
se notifique expresamente, con una antelación mínima de seis meses, la voluntad de
modificarlo, y se realice por escrito y de forma unánime. Las modificaciones que se
introduzcan se incorporarán mediante adenda al convenio, que se tramitará de acuerdo
con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
5. Dada la materia y los términos de este convenio, ambas partes renuncian a
cualquier tipo de indemnización en caso de extinción del convenio.
Vigesimotercera.

Causas de extinción.

1. El presente convenio se extinguirá cuando concurra alguna de las causas
previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Es causa de extinción de este convenio la imposibilidad manifiesta de
cumplir su fin.
2. En el caso de que alguna o algunas de las cláusulas del presente convenio sean
inválidas, ilegales o inejecutables en virtud de alguna norma jurídica posterior a su
suscripción, no afectará al resto de su clausulado, siempre que dicha modificación no
vaya en contra de su finalidad y objeto. Las partes acuerdan sustituir la cláusula o
cláusulas afectadas por otra u otras similares y conformes a la normativa vigente.
Vigesimocuarta.

Incumplimiento de obligaciones.

El incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio facultará a las
partes a apercibir de tal situación a la otra, contando esta última con el plazo de un mes
para subsanar las deficiencias puestas de manifiesto. Pasados tres meses desde que se
realizó el apercibimiento, y no fuesen adoptadas las medidas necesarias para subsanar
las deficiencias observadas, se podrán iniciar cuantos procedimientos procedan
conducentes a la cancelación de la adscripción del CUGC a la UC3M. En todo caso, los
cursos ya iniciados continuarán hasta su finalización.
Obligaciones y compromisos económicos.

Los costes derivados de la participación del profesorado y el personal de
administración de la UC3M en los títulos universitarios impartidos por el CUGC, se
calculan conforme a los criterios ya utilizados para la transferencia de fondos que realiza
la Dirección General de la Guardia Civil al Centro Universitario de la Defensa (CUD) en
Zaragoza, considerando que la citada Universidad no recibe aportación alguna por parte
de las administraciones en concepto de subvención pública para la docencia del
alumnado del CUGC.
Esta situación obliga al CUGC a asumir los costes de personal generados por esta
colaboración, calculados con los criterios antes mencionados, en la proporción en la que
dicho personal se implica en el desarrollo de las diferentes actividades docentes, al
resultar insuficiente la cantidad establecida en el Decreto 43/2022, de 29 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se establecen los precios públicos por estudios
universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las
universidades públicas de la Comunidad de Madrid.
Este sistema de cuantificación de las obligaciones económicas dimanantes del presente
convenio se remonta al utilizado para la determinación del precio de los contratos
administrativos preexistentes a este instrumento jurídico, coincidentes en el objeto.
Igualmente tiene en cuenta que todas las actividades relacionadas con la impartición de las
titulaciones universitarias del CUGC, tales como mantenimiento de instalaciones y equipos,
gestión docente y administrativa así como personal y recursos incluidos los tecnológicos
son aportados directamente por el CUGC sobre la base de su personalidad jurídica; así
como la responsabilidad legal del Centro de la impartición de los títulos universitarios
sujetos directamente a inspección externa por parte de las agencias de evaluación de la
calidad y acreditación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).

cve: BOE-A-2025-13850
Verificable en https://www.boe.es

Vigesimoquinta.