Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-13844)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 89904

presentar las solicitudes, en el modelo normalizado que se adjunta como anexo III, por
cualquiera de los medios y en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3.2 En el recuadro de la solicitud destinado a «Escala» las personas aspirantes
deberán hacer constar «Escala Auxiliar Administrativa».
3.3 Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Burgos la cantidad
de 12 euros en concepto de participación en el proceso selectivo. El ingreso o
transferencia bancaria deberá ser efectuado en la entidad Caixabank, número de cuenta:
ES75 2100 9168 6022 0002 9156 con el título «Universidad de Burgos. Cuenta restringida
de ingresos de oposiciones» haciendo constar en el ingreso o transferencia bancaria la
referencia «Concurso-Oposición Libre. Escala Auxiliar Administrativa», además del
nombre y apellidos del aspirante.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la
realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y
forma, de la solicitud.
Estarán exentos del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior
al 33 por ciento y los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal
condición.
No procederá devolución alguna de los derechos de participación en la convocatoria.
En los supuestos de exclusión que no sean por causa imputable al aspirante, la
Universidad procederá al reintegro de las tasas una vez que la persona aspirante
excluida lo solicite, justificando el pago indebido, y comunicando el número de cuenta
bancaria al realizar la devolución.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en la
solicitud y, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización
de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria.
3.5 A la solicitud se acompañará los siguientes documentos: En la Sede Electrónica
le irá indicando dónde debe ir dejando cada documentación:
– Copia del documento nacional de identidad en vigor o documento equivalente para
los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea. Los demás extranjeros
deberán presentar los documentos que acrediten las condiciones que aleguen.
– Copia del título exigido para participar en la convocatoria. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acompañarse la documentación que
acredite su homologación o reconocimiento.
– Justificante del pago de la tasa de participación en las pruebas de selección. Las
personas exentas del pago de tasa deberán presentar la correspondiente documentación
justificativa:
● Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: certificado acreditativo
de tal condición.
● Miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, fotocopia
del título de familia numerosa en vigor.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse se podrán subsanar en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

cve: BOE-A-2025-13844
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Núm. 161