Ministerio de Política Territorial y Memoria DemocráticaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-29280)
Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Galicia por el que se publica el Acuerdo de 22 de julio del citado Área Funcional de ampliación del plazo de presentación de alegaciones dentro del trámite de Información Pública (IP) de la solicitud de autorización administrativa previa (AAP) y el estudio de impacto ambiental (EsIA), del parque eólico «MURACAIS» de 52,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Castroverde, Baleira y A Fonsagrada (Provincia de Lugo), promovido por la mercantil «ANTILA SOLAR S.L.U.» Referencia del expediente: PEol-921.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. V-B. Pág. 45858
energía eléctrica, corresponde a la Dirección General de Política Energética y
Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico resolver y
notificar la resolución de autorización administrativa previa del proyecto de
instalación del Parque eólico «Muracais» de 52,8 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Castroverde, Baleira
y A Fonsagrada, en la provincia de Lugo.
Por su parte, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental
de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real
Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se
modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, la tramitación de ambos procedimientos (AAP y
DIA) se efectúa de manera conjunta.
El artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
indica que el proyecto y el estudio de impacto ambiental serán sometidos a
información pública durante un plazo no inferior a treinta (30) días hábiles.
Le corresponde a esta Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Galicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 del Real
Decreto 1955/2000 y en la Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se
desarrolla el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de Integración de Servicios
Periféricos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno, que actúa sobre las
provincias de Lugo y A Coruña, la condición de unidad tramitadora de los
procedimientos administrativos iniciados.
Segundo.- El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la
Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición
de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la
mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican
derechos de terceros.
Tercero.- La solicitud presentada fundamenta la petición de ampliación de
plazo en la complejidad del proyecto expuesto a información pública, en el que se
advierten errores de importancia que deben ser revisados con mayor detenimiento
y, además, toda vez que la época en la que se hizo público coincide con la estival.
Por todo ello, en uso de las atribuciones para la tramitación del procedimiento
conferidas en la normativa anteriormente reseñada
ACUERDO
Primero.- Ampliar en quince (15) días hábiles el plazo de presentación de
alegaciones dentro del trámite de información pública del proyecto de la instalación
cve: BOE-B-2025-29280
Verificable en https://www.boe.es
Analizados los motivos reseñados y conforme a la normativa citada y demás
normativa de aplicación, se considera pertinente acceder a la solicitud que no se
considera que afecte sustancialmente a los plazos de tramitación y resolución del
expediente que, en efecto, revisten cierta complejidad.
Núm. 192
Lunes 11 de agosto de 2025
Sec. V-B. Pág. 45858
energía eléctrica, corresponde a la Dirección General de Política Energética y
Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico resolver y
notificar la resolución de autorización administrativa previa del proyecto de
instalación del Parque eólico «Muracais» de 52,8 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Castroverde, Baleira
y A Fonsagrada, en la provincia de Lugo.
Por su parte, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental
de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real
Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se
modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, la tramitación de ambos procedimientos (AAP y
DIA) se efectúa de manera conjunta.
El artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
indica que el proyecto y el estudio de impacto ambiental serán sometidos a
información pública durante un plazo no inferior a treinta (30) días hábiles.
Le corresponde a esta Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Galicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 del Real
Decreto 1955/2000 y en la Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se
desarrolla el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de Integración de Servicios
Periféricos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno, que actúa sobre las
provincias de Lugo y A Coruña, la condición de unidad tramitadora de los
procedimientos administrativos iniciados.
Segundo.- El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la
Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición
de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la
mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican
derechos de terceros.
Tercero.- La solicitud presentada fundamenta la petición de ampliación de
plazo en la complejidad del proyecto expuesto a información pública, en el que se
advierten errores de importancia que deben ser revisados con mayor detenimiento
y, además, toda vez que la época en la que se hizo público coincide con la estival.
Por todo ello, en uso de las atribuciones para la tramitación del procedimiento
conferidas en la normativa anteriormente reseñada
ACUERDO
Primero.- Ampliar en quince (15) días hábiles el plazo de presentación de
alegaciones dentro del trámite de información pública del proyecto de la instalación
cve: BOE-B-2025-29280
Verificable en https://www.boe.es
Analizados los motivos reseñados y conforme a la normativa citada y demás
normativa de aplicación, se considera pertinente acceder a la solicitud que no se
considera que afecte sustancialmente a los plazos de tramitación y resolución del
expediente que, en efecto, revisten cierta complejidad.