Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-16691)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Generación, SAU, autorización administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica «Azután I», de 60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridación del grupo 1 de la central hidráulica existente Azután, en Calera y Chozas y Alcolea de Tajo (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Lunes 11 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 108871

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Generación, SAU,
autorización administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica «Azután
I», de 60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para
hibridación del grupo 1 de la central hidráulica existente Azután, en Calera y
Chozas y Alcolea de Tajo (Toledo).

Con fecha 28 de mayo de 2021, Iberdrola Generación SAU, (en adelante, el
promotor) presentó solicitud de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica «Azután I», de 60 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada que consiste en línea
subterránea a 30 kV hasta la subestación eléctrica El Bercial 30/220 kV, para hibridación
del grupo 1 de la central hidráulica existente Azután, en los términos municipales de
Calera y Chozas y Alcolea de Tajo, provincia de Toledo.
Con fecha 16 de agosto de 2021, esta Dirección General dicta acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización
administrativa previa y de construcción para las plantas solares fotovoltaicas Híbridas
«Azután I» 71,976 MWp/60 MWn, «Azután II» 71,976 MWp/60 MWn y «Azután III»
71,976 MWp/60 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la Provincia de Toledo, y
declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea subterránea a 220 kV «SET El
Bercial-SET Renovables Azután», con código de expediente asociado CHidr-FV-01 AC.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Sociedad
Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España (Acuaes), de la Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (Adif), de Enagas Transporte SAU y de la Dirección General
de Carreteras del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de la
Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, del
Ayuntamiento de Alcolea de Tajo, del Ayuntamiento de Calera y Chozas, de la Confederación
Hidrográfica del Tajo, de la Dirección General de Carreteras y Transportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Diputación Provincial de Toledo, de I-DE
Redes Eléctricas Inteligentes, SAU y de la Comunidad de Regantes de Alcolea del Tajo, en
las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con
bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.

cve: BOE-A-2025-16691
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