Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-16698)
Resolución de 4 de agosto de 2025, del Consorcio de Compensación de Seguros, E.P.E., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad de Alicante, para el desarrollo del Máster Universitario en Planificación y Gestión de Riesgos Naturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Lunes 11 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 108947

Cooperación (REOICO) y se encuentra vigente hasta el próximo 8 de septiembre
de 2025. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» el 27 de septiembre de 2021.
II. Que, se encuentra contemplada en la cláusula quinta del convenio, la posibilidad
de que las partes acuerden unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales, mediante acuerdo expreso de las partes a través de un documento
conjunto o escrito unilateral comunicado recíprocamente, que deberá tramitarse
mediante una adenda modificativa al convenio de acuerdo con lo establecido en el
artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
III. Que, debido al éxito de la colaboración, y estando próxima la fecha de
finalización de vigencia, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del convenio
por el máximo legal de cuatro (4) años adicionales, es decir, hasta el próximo 8 de
septiembre de 2029, para dar cobertura al próximo curso 2025-2026 y a los tres
siguientes.
Y, en consecuencia, las partes intervinientes manifiestan su voluntad de firmar la
presente Adenda de prórroga al Convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga del convenio.

Las Partes acuerdan prorrogar el convenio suscrito el 8 de septiembre de 2021 por
un periodo adicional de cuatro (4) años, que extenderá sus efectos desde el próximo 9
de septiembre de 2025 hasta el 8 de septiembre 2029, para dar cobertura al próximo
curso 2025-2026 y a los tres siguientes.
Segunda.

Perfección de la prórroga.

Esta prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes, siempre que se produzca
antes de la finalización del plazo de vigencia. La prórroga deberá ser comunicada, en el
plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo,
será publicada en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE) y facultativamente en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.

Subsistencia del resto del convenio.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las
intervinientes firman la presente prórroga a un solo efecto, en las fechas indicadas en las
firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del presente documento la
fecha de la última firmante, es decir, el 29 de julio de 2025.–Por la Universidad de
Alicante, la Rectora, Amparo Navarro Faure, P. D. (R. R. 19 diciembre 2024), el Director
de Relaciones y Proyectos Institucionales, Juan Llopis Taverner.–Por el Consorcio de
Compensación de Seguros, E.P.E., la Directora General, María Flavia Rodríguez-Ponga.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-16698
Verificable en https://www.boe.es

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.