Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-16753)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109121
El profesorado perteneciente a la Universidad de La Laguna señalará la dirección de
correo electrónico de la ULL. Será responsabilidad exclusiva de quien concurra a la
convocatoria tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la
Administración de cualquier cambio de dicha dirección a efectos de notificación. El
correo electrónico aportado en la solicitud se podrá utilizar a efecto de comunicación con
los interesados.
4.
Documentación administrativa para admisión al concurso
La solicitud de participación a través del siguiente enlace https://sede.ull.es/ecivilissite/catalog/showProcedure/724, deberá ir acompañada de la documentación
administrativa necesaria para la admisión al concurso citada:
a) Los solicitantes no están obligados a la presentación del documento nacional de
identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero (NIE). Su identificación se
realizará mediante las Credenciales ULL o certificado electrónico y la intermediación de
datos utilizando el Servicio de Verificación y consulta de datos de identidad (SVDI) de la
Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
En el caso de pertenecer a la plantilla de Profesor Docente Investigador, no será
necesaria su aportación. Los extranjeros no comunitarios deberán aportar los
documentos que acrediten que se encuentran en España en situación de legalidad,
estando habilitados para residir y para poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.
c) Resguardo original justificativo del abono de derechos de examen, en el que
conste nombre y apellidos, DNI y código de la plaza a la que concursa.
La documentación indicada deberá adjuntarse a la solicitud en formato PDF.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector dictará, en el plazo
máximo de diez días hábiles, una resolución conteniendo la relación provisional de
personas admitidas y excluidas con indicación de las causas de exclusión. Dicha
resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La
Laguna, así como en la Web de la Universidad de La Laguna:
Contra dicha resolución, las personas interesadas podrán presentar reclamación ante
el Rector en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el defecto que motivó la exclusión.
Se podrá prescindir del trámite de aprobación de listas provisionales de admitidos
cuando no existan aspirantes excluidos.
5.2 Concluido el plazo de subsanación o alegaciones y, revisada la documentación
aportada y las alegaciones presentadas en su caso por las candidaturas, el Rector
dictará resolución definitiva de candidaturas admitidas y excluidas, con expresión en este
último caso, de las causas de exclusión, que se publicará por el medio a que se refiere el
apartado anterior. Contra dicha resolución los interesados podrán interponer recurso en
los términos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2025-16753
Verificable en https://www.boe.es
https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigadorfuncionario/
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109121
El profesorado perteneciente a la Universidad de La Laguna señalará la dirección de
correo electrónico de la ULL. Será responsabilidad exclusiva de quien concurra a la
convocatoria tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la
Administración de cualquier cambio de dicha dirección a efectos de notificación. El
correo electrónico aportado en la solicitud se podrá utilizar a efecto de comunicación con
los interesados.
4.
Documentación administrativa para admisión al concurso
La solicitud de participación a través del siguiente enlace https://sede.ull.es/ecivilissite/catalog/showProcedure/724, deberá ir acompañada de la documentación
administrativa necesaria para la admisión al concurso citada:
a) Los solicitantes no están obligados a la presentación del documento nacional de
identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero (NIE). Su identificación se
realizará mediante las Credenciales ULL o certificado electrónico y la intermediación de
datos utilizando el Servicio de Verificación y consulta de datos de identidad (SVDI) de la
Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
En el caso de pertenecer a la plantilla de Profesor Docente Investigador, no será
necesaria su aportación. Los extranjeros no comunitarios deberán aportar los
documentos que acrediten que se encuentran en España en situación de legalidad,
estando habilitados para residir y para poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.
c) Resguardo original justificativo del abono de derechos de examen, en el que
conste nombre y apellidos, DNI y código de la plaza a la que concursa.
La documentación indicada deberá adjuntarse a la solicitud en formato PDF.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector dictará, en el plazo
máximo de diez días hábiles, una resolución conteniendo la relación provisional de
personas admitidas y excluidas con indicación de las causas de exclusión. Dicha
resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La
Laguna, así como en la Web de la Universidad de La Laguna:
Contra dicha resolución, las personas interesadas podrán presentar reclamación ante
el Rector en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el defecto que motivó la exclusión.
Se podrá prescindir del trámite de aprobación de listas provisionales de admitidos
cuando no existan aspirantes excluidos.
5.2 Concluido el plazo de subsanación o alegaciones y, revisada la documentación
aportada y las alegaciones presentadas en su caso por las candidaturas, el Rector
dictará resolución definitiva de candidaturas admitidas y excluidas, con expresión en este
último caso, de las causas de exclusión, que se publicará por el medio a que se refiere el
apartado anterior. Contra dicha resolución los interesados podrán interponer recurso en
los términos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2025-16753
Verificable en https://www.boe.es
https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigadorfuncionario/