Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-16754)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109129
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la
que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes
universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del
Sistema Universitario, en el artículo 22 bis de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación, en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la
acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de
los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, en el artículo 55 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de
la Universidad de La Laguna y el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso
a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por
Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 23 de diciembre de 2024.
Visto que la dotación de las plazas que figuran en el anexo I de esta resolución, se
corresponde con la Oferta de Empleo del año 2022 y del año 2023 efectuada por esta
Universidad mediante Resolución de 1 de diciembre de 2022 (BOC núm. 241, de 9 de
diciembre de 2022) y Resolución de 4 de diciembre de 2023 (BOC núm. 245, de 15 de
diciembre de 2023).
Visto la Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y de la
Calidad Universitaria del Gobierno de Canarias, de fecha 29 de julio de 2025, sobre la
autorización de la convocatoria.
Tomando en consideración que todas las referencias que se efectúan a las
diferentes disposiciones normativas, que se contienen en la presente resolución, han de
entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.
Asimismo en particular la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, establece que «se aplicará una reserva en el cómputo anual, de un mínimo
del 15 por ciento del total de plazas que oferten las universidades para los cuerpos
docentes de Universidad y el personal permanente laboral, para la incorporación de
personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de
Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o
que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3). Las plazas
objeto de reserva que queden vacantes se podrán acumular a la convocatoria ordinaria
de turno libre de ese mismo año».
En cumplimiento del artículo 20.Tres.I) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que establece que, dentro del
límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de
Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los Profesores Contratados
Doctores, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo un 15 por ciento del
total de plazas que oferte, a la incorporación en aquella categoría para la que esté
acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3, dentro
del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las
plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de
programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el
certificado I3.
cve: BOE-A-2025-16754
Verificable en https://www.boe.es
16754
Núm. 193
Martes 12 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 109129
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la
que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes
universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del
Sistema Universitario, en el artículo 22 bis de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación, en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la
acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de
los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, en el artículo 55 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de
la Universidad de La Laguna y el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso
a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por
Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 23 de diciembre de 2024.
Visto que la dotación de las plazas que figuran en el anexo I de esta resolución, se
corresponde con la Oferta de Empleo del año 2022 y del año 2023 efectuada por esta
Universidad mediante Resolución de 1 de diciembre de 2022 (BOC núm. 241, de 9 de
diciembre de 2022) y Resolución de 4 de diciembre de 2023 (BOC núm. 245, de 15 de
diciembre de 2023).
Visto la Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y de la
Calidad Universitaria del Gobierno de Canarias, de fecha 29 de julio de 2025, sobre la
autorización de la convocatoria.
Tomando en consideración que todas las referencias que se efectúan a las
diferentes disposiciones normativas, que se contienen en la presente resolución, han de
entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.
Asimismo en particular la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, establece que «se aplicará una reserva en el cómputo anual, de un mínimo
del 15 por ciento del total de plazas que oferten las universidades para los cuerpos
docentes de Universidad y el personal permanente laboral, para la incorporación de
personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de
Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o
que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3). Las plazas
objeto de reserva que queden vacantes se podrán acumular a la convocatoria ordinaria
de turno libre de ese mismo año».
En cumplimiento del artículo 20.Tres.I) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que establece que, dentro del
límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de
Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los Profesores Contratados
Doctores, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo un 15 por ciento del
total de plazas que oferte, a la incorporación en aquella categoría para la que esté
acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3, dentro
del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las
plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de
programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el
certificado I3.
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