Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-16791)
Resolución de 11 de agosto de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Digital, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 110012
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro personal y último destino
definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum
vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de
manifiesto.
Cuarta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Jurisdicción Contencioso-administrativa,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha
dictado (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas).
cve: BOE-A-2025-16791
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de agosto de 2025.–El Director de la Agencia Estatal de Administración
Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.
Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. II.B. Pág. 110012
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro personal y último destino
definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum
vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de
manifiesto.
Cuarta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Jurisdicción Contencioso-administrativa,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha
dictado (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas).
cve: BOE-A-2025-16791
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de agosto de 2025.–El Director de la Agencia Estatal de Administración
Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.