Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función PúblicaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-29600)
Extracto de la Resolución de 12 de agosto de 2025 de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, por la que se modifica el extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024 por la que se convocan las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital, para incrementar la cuantía fijada inicialmente en la convocatoria para el "Segmento A: Empresas entre 10 y menos de 50 empleados" así como modificar plazos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Jueves 14 de agosto de 2025

Sec. V-B. Pág. 46546

Cuarto. Importe:
2. El presupuesto contemplado en el punto anterior, por importe de doscientos
noventa millones quinientos catorce mil seiscientos dieciséis euros con treinta y
dos céntimos (290.514.616,32 €), se distribuirá entre los segmentos A, B y C de la
siguiente forma:
Segmento A, Empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 192.018.616,50€
Segmento B, Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 58.679.999,82€
Segmento C, Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 39.816.000,00€
En el caso de que algún segmento no agote el crédito destinado a las ayudas a
fecha de la finalización del plazo presentación de solicitudes, el órgano concedente
podrá distribuir el importe resultante entre los restantes segmentos publicando la
distribución definitiva de créditos, que se realizará de manera proporcional a las
solicitudes recibidas en cada segmento que hubiera agotado el crédito, teniendo
en cuenta el importe del "bono de asesoramiento digital" de estos segmentos, sin
que esto implique la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el
inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.
Sexto. Otros datos:
4. El plazo máximo para la formalización (elaboración y firma) del primer
Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento asociados al «bono
asesoramiento digital» por ambas partes será de 3 meses, contados desde la
notificación de la Resolución de concesión de la ayuda en la Sede Electrónica de
Red.es. Para la formalización del segundo Acuerdo de Prestación de Servicios de
Asesoramiento y siguientes no le será de aplicación la restricción temporal anterior,
tal y como se establece en el artículo 21.6 de las Bases Reguladoras. El plazo
máximo para la presentación de Acuerdos de Prestación de Servicios de
Asesoramiento finalizará el 31 de octubre de 2025 a las 23:59 horas. Trascurridos
dichos plazos, el beneficiario perderá el derecho al cobro del importe de la
subvención concedida que no figure asociada a los Acuerdos de Prestación de
Servicios de Asesoramiento debidamente formalizados
Madrid, 12 de agosto de 2025.- Por delegación de la Presidenta de la Entidad
Pública Red.es, según Resolución de 10 de noviembre de 2020, el Director
General de la Entidad Pública Red.es, Jesús Herrero Poza.

cve: BOE-B-2025-29600
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X