Ministerio de Trabajo y Economía SocialV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-29584)
Extracto de la Resolución de 6 de agosto de 2025 de la Secretaría de Estado de Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Jueves 14 de agosto de 2025

Sec. V-B. Pág. 46527

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MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

29584

Extracto de la Resolución de 6 de agosto de 2025 de la Secretaría de
Estado de Trabajo, por la que se aprue ba la convocatoria para la
concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo
autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año
2025.

BDNS(Identif.):851502
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
851502)
Primero. Beneficiarios:
a) De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del
trabajo autónomo.
· Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
· Otras asociaciones, fundaciones y universidades.
b) Para los gastos de funcionamiento:
· Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y
carácter intersectorial.
Segundo. Finalidad:
La presente subvención tiene por objeto la financiación de los gastos derivados
de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, así
como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones
de trabajadores autónomos de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los
fines propios de estas entidades.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden TES/802/2025, de 17 de julio (BOE del 24 de julio).
Cuarto. Cuantía:

3.065.670 €, respecto a subvenciones para actividades de formación, difusión y
fomento del trabajo autónomo.
605.450 €, respecto a gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias.
· Gastos de actividades:
- Para las actividades señaladas en el artículo 3.1.a), b) y c) de la Orden TES/
802/2025, el importe máximo de la subvención a conceder será de 150.000 euros.

cve: BOE-B-2025-29584
Verificable en https://www.boe.es

La cuantía total máxima objeto de subvención es de: