Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16874)
Resolución de 10 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 111012
TRIBUNAL DE CUENTAS
N.º 1.567
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, 2021
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los artículos 2.a),
9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a tenor de lo previsto en los
artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento
del Tribunal, ha aprobado, en su sesión de 25 de abril de 2024, el Informe de Fiscalización de la Cuenta
General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2021, y ha acordado su elevación a las Cortes
Generales y a la Asamblea de Extremadura, así como al Gobierno de Extremadura, según lo prevenido en el
artículo 28 de la Ley de Funcionamiento.
cve: BOE-A-2025-16874
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 195
Jueves 14 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 111012
TRIBUNAL DE CUENTAS
N.º 1.567
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, 2021
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los artículos 2.a),
9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a tenor de lo previsto en los
artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento
del Tribunal, ha aprobado, en su sesión de 25 de abril de 2024, el Informe de Fiscalización de la Cuenta
General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2021, y ha acordado su elevación a las Cortes
Generales y a la Asamblea de Extremadura, así como al Gobierno de Extremadura, según lo prevenido en el
artículo 28 de la Ley de Funcionamiento.
cve: BOE-A-2025-16874
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 195