Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16885)
Resolución de 5 de agosto de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Occident, para el mecenazgo de los programas «Equipo1517», «Equipo1821» y «EquipoMotor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195
Jueves 14 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 111445
Sofía– promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y
contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de
las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño; establecer
relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades, centros de
investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para favorecer el
intercambio de experiencias y conocimientos; y desarrollar acciones conjuntas con las
citadas entidades que puedan contribuir a la mejor realización de sus respectivos fines y
organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales de artes plásticas.
II. Fundación Occident es una entidad sin ánimo de lucro creada en 1998 en
nombre y memoria de Jesús Serra Santamans, reconocido empresario y fundador del
Grupo Catalana Occidente, que tiene como finalidad –conforme al artículo 3 de sus
Estatutos sociales– el fomento y desarrollo de todo tipo de actividades sociales,
culturales, deportivas, científicas y, en general, intelectuales, así como las de
investigación y estudio en cualquiera de tales campos. Por ello, es impulsor y fomenta
anualmente multitud de proyectos de investigación, docencia, acciones culturales,
actividades deportivas e iniciativas solidarias, tanto propias como en colaboración con
otras instituciones, que consiguen un impacto positivo en la sociedad y reflejan el
compromiso de Grupo Catalana Occidente («GCO») con la misma.
III. Dados los excelentes resultados de las colaboraciones previas, las partes han
manifestado su voluntad de suscribir un nuevo convenio conforme al régimen fiscal
previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por tratarse de
dos entidades acogidas a la mencionada ley, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1.1 El objeto del presente convenio es establecer los términos de colaboración
entre el MNCARS y Fundación Occident para el mecenazgo de los programas
«Equipo1517», «Equipo1821» y «EquipoMotor» en sus ediciones correspondientes al
curso escolar 2025-2026 (en adelante, el Proyecto).
1.2 La colaboración del MNCARS y el Fundación Occident formalizada a través del
presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en consonancia
con los fines de interés general a que se refiere el título III de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, de desarrollo
reglamentario de la anterior.
Aportaciones del Colaborador.
2.1 Fundación Occident aportará en el presente ejercicio un importe de 29.700
euros (veintinueve mil setecientos euros), en concepto de colaborador del Museo,
destinados a los programas «Equipo1517», «Equipo1821» y «EquipoMotor». La suma
entregada por Fundación Occident lo será como cantidad máxima, de forma que
cualquier gasto o impuesto de cualquier naturaleza, lo será con cargo a dicha cantidad,
sin que el colaborador venga obligado a abonar ninguna otra cantidad en ningún
concepto.
2.2 Una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal el presente convenio, la aportación a la que se
refiere el apartado precedente será ingresada por Fundación Occident en los 30 (treinta)
días posteriores a la emisión por el MNCARS de la correspondiente factura, en la
cuenta corriente que el MNCARS tiene abierta en el Banco Santander (número de
cuenta IBAN ES51 0049 0001 5323 1183 1569). El MNCARS se compromete a entregar
al Colaborador el certificado de la aportación recibida en un plazo no superior a diez (10)
días desde que el ingreso se haga efectivo.
cve: BOE-A-2025-16885
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 195
Jueves 14 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 111445
Sofía– promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y
contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de
las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño; establecer
relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades, centros de
investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para favorecer el
intercambio de experiencias y conocimientos; y desarrollar acciones conjuntas con las
citadas entidades que puedan contribuir a la mejor realización de sus respectivos fines y
organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales de artes plásticas.
II. Fundación Occident es una entidad sin ánimo de lucro creada en 1998 en
nombre y memoria de Jesús Serra Santamans, reconocido empresario y fundador del
Grupo Catalana Occidente, que tiene como finalidad –conforme al artículo 3 de sus
Estatutos sociales– el fomento y desarrollo de todo tipo de actividades sociales,
culturales, deportivas, científicas y, en general, intelectuales, así como las de
investigación y estudio en cualquiera de tales campos. Por ello, es impulsor y fomenta
anualmente multitud de proyectos de investigación, docencia, acciones culturales,
actividades deportivas e iniciativas solidarias, tanto propias como en colaboración con
otras instituciones, que consiguen un impacto positivo en la sociedad y reflejan el
compromiso de Grupo Catalana Occidente («GCO») con la misma.
III. Dados los excelentes resultados de las colaboraciones previas, las partes han
manifestado su voluntad de suscribir un nuevo convenio conforme al régimen fiscal
previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por tratarse de
dos entidades acogidas a la mencionada ley, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1.1 El objeto del presente convenio es establecer los términos de colaboración
entre el MNCARS y Fundación Occident para el mecenazgo de los programas
«Equipo1517», «Equipo1821» y «EquipoMotor» en sus ediciones correspondientes al
curso escolar 2025-2026 (en adelante, el Proyecto).
1.2 La colaboración del MNCARS y el Fundación Occident formalizada a través del
presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en consonancia
con los fines de interés general a que se refiere el título III de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, de desarrollo
reglamentario de la anterior.
Aportaciones del Colaborador.
2.1 Fundación Occident aportará en el presente ejercicio un importe de 29.700
euros (veintinueve mil setecientos euros), en concepto de colaborador del Museo,
destinados a los programas «Equipo1517», «Equipo1821» y «EquipoMotor». La suma
entregada por Fundación Occident lo será como cantidad máxima, de forma que
cualquier gasto o impuesto de cualquier naturaleza, lo será con cargo a dicha cantidad,
sin que el colaborador venga obligado a abonar ninguna otra cantidad en ningún
concepto.
2.2 Una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal el presente convenio, la aportación a la que se
refiere el apartado precedente será ingresada por Fundación Occident en los 30 (treinta)
días posteriores a la emisión por el MNCARS de la correspondiente factura, en la
cuenta corriente que el MNCARS tiene abierta en el Banco Santander (número de
cuenta IBAN ES51 0049 0001 5323 1183 1569). El MNCARS se compromete a entregar
al Colaborador el certificado de la aportación recibida en un plazo no superior a diez (10)
días desde que el ingreso se haga efectivo.
cve: BOE-A-2025-16885
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.