Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-16946)
Resolución de 24 de junio de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del cumplimiento del principio de transparencia por los partidos políticos.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197

Sábado 16 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 112087

II.2.1. Localización de la sección de transparencia en el canal web
Se ha analizado si la página web de la formación política ha destinado en un apartado específico
para la transparencia y, en caso afirmativo, se ha comprobado su ubicación en la web. Los
resultados obtenidos se exponen a continuación:
Gráfico 4. ¿EXISTE UN APARTADO ESPECÍFICO DENOMINADO “TRANSPARENCIA”?

49 (78%)
13 (21%)

24 (38%) Acceso directo y visible
49
19 (30%) Acceso
visible no directo

6 (9%) Acceso directo no visible
1 (1%)

Como se puede observar en el gráfico anterior, 14 de las 63 formaciones fiscalizadas (el 22%)7 no
incluyen en su página web un apartado específico para la transparencia e incluso hay una formación
que no dispone de página web. Asimismo, cabe señalar que la página web de 49 formaciones (el
78% del total) sí prevé un apartado específico para la transparencia, si bien su localización varía de
unas formaciones a otras, resultando que en 24 partidos (el 38%) dicho acceso es directo y visible
dentro del contenido principal de la página web; en 19 formaciones (el 30%) el acceso es visible
pero no directo8, es decir, el apartado de transparencia es uno de los contenidos de otro apartado
más amplio; y en 6 formaciones (el 9%) el acceso es directo y no visible9, de manera que el apartado
de transparencia se ubica en el contenido principal de la página web pero no en un lugar destacable.
7

El partido Tot Per Terrassa remite en las alegaciones un presupuesto para la modificación del apartado de transparencia
en su página web, sin que a fecha de redacción del presente Informe dicha modificación se haya llevado a cabo.
Las formaciones Partido Socialista Obrero Español, Barcelona en Comú y Partido Nacionalista Vasco manifiestan en las
alegaciones que la página web contempla un enlace específico al apartado de transparencia en el pie de página. En este
mismo sentido se pronuncia Vox en sus alegaciones y añade que, como consecuencia de dicho acceso a pie de página,
la valoración en la accesibilidad desde la web debería ser la máxima. Sin embargo, la localización de dicho apartado se
ha realizado sobre el contenido principal de la página web y no sobre el footer o pie de página, por considerar este
contenido de carácter secundario (tal y como se indica en el Anexo IV - Procedimientos y Metodología utilizada).
9

Las formaciones Podemos y Partido Nacionalista Vasco alegan que el acceso a la información de transparencia es
directo y visible y facilita una dirección URL específica de transparencia. Sin embargo, lo que se ha analizado es cómo se
accede al apartado de transparencia desde la página web general del partido.

cve: BOE-A-2025-16946
Verificable en https://www.boe.es

8