Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-17005)
Resolución de 7 de agosto de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Conferencia de Rectores y Rectoras de las Universidades Españolas, para colaborar en la realización del encuentro «Empleabilidad y emprendimiento».
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198
Lunes 18 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112922
El equipo directivo y técnico de CRUE participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del encuentro.
II. Gestión del encuentro.
i. CRUE, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y normativa,
se encargará de las siguientes gestiones:
– Gestión del pago de honorarios a las personas que se encarguen de la dirección y
secretaría académica y a los conferenciantes, así como la gestión de sus viajes,
alojamientos y manutención si deban desplazarse a Santander para su intervención.
ii. CRUE mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia
Asociación realiza, asumiendo ésta toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha
gestión.
III. Compromiso económico.
CRUE asume el siguiente compromiso económico en virtud de este convenio:
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la UIMP,
o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, CRUE únicamente
deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de aquellos gastos que ya
se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no pudieran recuperarse,
según liquidación que presentará la UIMP, que en todo caso no podrá ser superior al
importe máximo señalado para su aportación según este apartado. La liquidación deberá
contar con la aprobación de los responsables del seguimiento del convenio.
Tercera.
Compromisos asumidos por la UIMP.
I. Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento, a propuesta de CRUE, de las personas
que se encargarán de la dirección y secretaría académica del encuentro, así como del
cve: BOE-A-2025-17005
Verificable en https://www.boe.es
– Aportación en servicios. Asumirá directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el
apartado II.i de esta cláusula. Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP.
– Aportación a la UIMP. Realizará una aportación a la UIMP de nueve mil
cuatrocientos cincuenta euros (9.450,00 €) en concepto de apoyo económico para cubrir
la totalidad de los gastos de organización y celebración del encuentro que gestiona la
UIMP, como se indica en el presupuesto aprobado que se adjunta como anexo II. CRUE
no asumirá ninguna aportación a la UIMP por este concepto por importe superior a la
cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta
n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establecen como
requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo
previsto y acordado en este convenio y que la UIMP haya presentado antes del 15 de
noviembre de 2025 el correspondiente requerimiento de pago por la cantidad acordada.
Los responsables del seguimiento del convenio certificarán conjuntamente que se
cumplen los requisitos para que se proceda a este pago. CRUE deberá hacer efectivo
el pago en el plazo de un mes desde la emisión de la citada certificación y en todo caso
antes del 31 de diciembre de 2025.
Núm. 198
Lunes 18 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112922
El equipo directivo y técnico de CRUE participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del encuentro.
II. Gestión del encuentro.
i. CRUE, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y normativa,
se encargará de las siguientes gestiones:
– Gestión del pago de honorarios a las personas que se encarguen de la dirección y
secretaría académica y a los conferenciantes, así como la gestión de sus viajes,
alojamientos y manutención si deban desplazarse a Santander para su intervención.
ii. CRUE mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia
Asociación realiza, asumiendo ésta toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha
gestión.
III. Compromiso económico.
CRUE asume el siguiente compromiso económico en virtud de este convenio:
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la UIMP,
o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, CRUE únicamente
deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de aquellos gastos que ya
se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no pudieran recuperarse,
según liquidación que presentará la UIMP, que en todo caso no podrá ser superior al
importe máximo señalado para su aportación según este apartado. La liquidación deberá
contar con la aprobación de los responsables del seguimiento del convenio.
Tercera.
Compromisos asumidos por la UIMP.
I. Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento, a propuesta de CRUE, de las personas
que se encargarán de la dirección y secretaría académica del encuentro, así como del
cve: BOE-A-2025-17005
Verificable en https://www.boe.es
– Aportación en servicios. Asumirá directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el
apartado II.i de esta cláusula. Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP.
– Aportación a la UIMP. Realizará una aportación a la UIMP de nueve mil
cuatrocientos cincuenta euros (9.450,00 €) en concepto de apoyo económico para cubrir
la totalidad de los gastos de organización y celebración del encuentro que gestiona la
UIMP, como se indica en el presupuesto aprobado que se adjunta como anexo II. CRUE
no asumirá ninguna aportación a la UIMP por este concepto por importe superior a la
cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta
n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establecen como
requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo
previsto y acordado en este convenio y que la UIMP haya presentado antes del 15 de
noviembre de 2025 el correspondiente requerimiento de pago por la cantidad acordada.
Los responsables del seguimiento del convenio certificarán conjuntamente que se
cumplen los requisitos para que se proceda a este pago. CRUE deberá hacer efectivo
el pago en el plazo de un mes desde la emisión de la citada certificación y en todo caso
antes del 31 de diciembre de 2025.