Ministerio de Juventud E Infancia. III. Otras disposiciones. Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas. (BOE-A-2025-17008)
Resolución de 8 de agosto de 2025, conjunta del Instituto de la Juventud y de la Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria para participar en la edición de 2025-2026 del Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198
Lunes 18 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112957
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
17008
Resolución de 8 de agosto de 2025, conjunta del Instituto de la Juventud y de
la Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y
Derechos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria para participar en
la edición de 2025-2026 del Programa de Jóvenes Delegados de España en
Naciones Unidas.
Por Resolución de 11 de abril de 2025, del Instituto de la Juventud (BOE de 23 de
abril), de conformidad con lo establecido en la Orden PCM/206/2023, por la que se
regula el Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas (BOE de 2 de
marzo), la Dirección General del Instituto de la Juventud (en adelante INJUVE) convocó
la edición 2025-2026 del Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones
Unidas. Evaluados los méritos correspondientes a la primera y segunda fases del
procedimiento de selección, de acuerdo con lo establecido en el punto séptimo de la
Convocatoria, y en base a la propuesta de resolución elevada por el órgano instructor
con base en la propuesta de resolución realizada por el Comité de selección y
seguimiento, se resuelve:
Primero.
Designar a los cuatro participantes de la edición 2025-2026 del Programa de
Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas en orden de puntuación (Anexo I).
De acuerdo con el artículo séptimo, apartado 5 de la Convocatoria los participantes
designados deberán aportar el Acuerdo de Confidencialidad que figura en el anexo III de
dicha Convocatoria, en el plazo de cinco días desde la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de la designación de los Jóvenes Delegados.
Segundo.
Identificar como suplentes a los candidatos que pasaron a la fase de entrevista
ordenados en función de la puntuación total obtenida, tal y como se establece en el
punto octavo de la Convocatoria (Anexo II).
Establecer el 1 de septiembre de 2025 como fecha de inicio del programa, que
tendrá una duración de dos años a partir de dicha fecha, de acuerdo con el artículo
décimo, apartado 1 de la Convocatoria.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
establecido en el artículo 8, apartado 4, de la Orden PCM/206/2023, de 2 de marzo, por
la que se regula el Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas, de
conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, pudiendo ser
recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en
el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o bien interponerse
contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a su publicación, conforme a los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio.
cve: BOE-A-2025-17008
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 198
Lunes 18 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112957
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
17008
Resolución de 8 de agosto de 2025, conjunta del Instituto de la Juventud y de
la Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y
Derechos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria para participar en
la edición de 2025-2026 del Programa de Jóvenes Delegados de España en
Naciones Unidas.
Por Resolución de 11 de abril de 2025, del Instituto de la Juventud (BOE de 23 de
abril), de conformidad con lo establecido en la Orden PCM/206/2023, por la que se
regula el Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas (BOE de 2 de
marzo), la Dirección General del Instituto de la Juventud (en adelante INJUVE) convocó
la edición 2025-2026 del Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones
Unidas. Evaluados los méritos correspondientes a la primera y segunda fases del
procedimiento de selección, de acuerdo con lo establecido en el punto séptimo de la
Convocatoria, y en base a la propuesta de resolución elevada por el órgano instructor
con base en la propuesta de resolución realizada por el Comité de selección y
seguimiento, se resuelve:
Primero.
Designar a los cuatro participantes de la edición 2025-2026 del Programa de
Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas en orden de puntuación (Anexo I).
De acuerdo con el artículo séptimo, apartado 5 de la Convocatoria los participantes
designados deberán aportar el Acuerdo de Confidencialidad que figura en el anexo III de
dicha Convocatoria, en el plazo de cinco días desde la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de la designación de los Jóvenes Delegados.
Segundo.
Identificar como suplentes a los candidatos que pasaron a la fase de entrevista
ordenados en función de la puntuación total obtenida, tal y como se establece en el
punto octavo de la Convocatoria (Anexo II).
Establecer el 1 de septiembre de 2025 como fecha de inicio del programa, que
tendrá una duración de dos años a partir de dicha fecha, de acuerdo con el artículo
décimo, apartado 1 de la Convocatoria.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
establecido en el artículo 8, apartado 4, de la Orden PCM/206/2023, de 2 de marzo, por
la que se regula el Programa de Jóvenes Delegados de España en Naciones Unidas, de
conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, pudiendo ser
recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en
el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o bien interponerse
contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a su publicación, conforme a los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio.
cve: BOE-A-2025-17008
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Tercero.