Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-16987)
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos 1/236/2025, 1/244/2025, 1/242/2025 y 1/247/2025, interpuestos ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, y se emplaza a las personas interesadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198
Lunes 18 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112439
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
16987
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General TécnicaSecretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos
1/236/2025, 1/244/2025, 1/242/2025 y 1/247/2025, interpuestos ante el
Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, y
se emplaza a las personas interesadas.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en
cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo (Sección Cuarta), se acuerda la remisión del expediente administrativo
correspondiente a los siguientes recursos: número 001/0000236/2025, interpuesto por el
Sindicato Unificado de la Policía; número 001/0000244/2025, interpuesto por la
Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil Profesional (ASESGC);
número 001/0000242/2025, interpuesto por Independientes de la Guardia Civil y
número 001/0000247/2025, interpuesto por don Adolfo Medina Diez; formulados todos
ellos contra el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el
procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar
la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de
coeficientes reductores.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de dicha ley, se acuerda
emplazar a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición
impugnada, para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen como
demandados en los indicados procedimientos, ante la referida Sala, en el plazo de nueve
días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
cve: BOE-A-2025-16987
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de agosto de 2025.–El Secretario General Técnico-Director del
Secretariado del Gobierno, Alberto García González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 198
Lunes 18 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 112439
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
16987
Resolución de 8 de agosto de 2025, de la Secretaría General TécnicaSecretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos
1/236/2025, 1/244/2025, 1/242/2025 y 1/247/2025, interpuestos ante el
Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, y
se emplaza a las personas interesadas.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en
cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo (Sección Cuarta), se acuerda la remisión del expediente administrativo
correspondiente a los siguientes recursos: número 001/0000236/2025, interpuesto por el
Sindicato Unificado de la Policía; número 001/0000244/2025, interpuesto por la
Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil Profesional (ASESGC);
número 001/0000242/2025, interpuesto por Independientes de la Guardia Civil y
número 001/0000247/2025, interpuesto por don Adolfo Medina Diez; formulados todos
ellos contra el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el
procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar
la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de
coeficientes reductores.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de dicha ley, se acuerda
emplazar a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición
impugnada, para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen como
demandados en los indicados procedimientos, ante la referida Sala, en el plazo de nueve
días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
cve: BOE-A-2025-16987
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de agosto de 2025.–El Secretario General Técnico-Director del
Secretariado del Gobierno, Alberto García González.
https://www.boe.es
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