Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-17020)
Resolución de 11 de agosto de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues, SL, para la realización de programas de formación en el ámbito de la internacionalización de empresas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199

Martes 19 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 113314

ix. Ejecutar las acciones previstas en el plan de marketing y comunicación conjunto,
tales como:





Publicación en el portal.
Campañas de emailing.
Redes sociales.
Paid media.

3.2

Obligaciones de ICEX.

ICEX se compromete a:
i. Realizar, juntamente con el Centro la codirección y coordinación académica,
entre cuyas tareas se encuentran: diseño de la Actividad de Formación y
metodología (módulos, sesiones, mesas redondas, actividades complementarias, etc.)
y seguimiento de las actividades durante su desarrollo.
ii. Colaboración en la propuesta de los docentes participantes, que serán
contratados por el centro, en las distintas jornadas a lo largo de las cuales se desarrolle
la Actividad de Formación.
iii. Aprobar, juntamente con el centro, la propuesta técnica que defina los términos
en los que se desarrollará la Actividad de Formación.
iv. Ejecutar las acciones previstas en el plan de marketing y comunicación conjunto,
tales como:





Publicación en el portal.
Campañas de emailing.
Redes sociales.
Paid media.

Actuaciones para realizar por cada una de las partes. Comercialización, visibilidad
y activos
Cuarta.

Difusión y comercialización.

De acuerdo con un plan conjunto de marketing y comunicación, las partes realizarán
una labor de difusión del mismo haciendo uso de sus respectivas redes sociales y demás
herramientas internas de marketing para llegar de forma efectiva al máximo número de
potenciales alumnos. Buscando este mismo objetivo, las partes facilitarán la vinculación
de sus respectivos portales y colaborarán estrechamente en la comunicación de los
eventos que se desarrollen en el contexto del programa. Adicionalmente, se podrá
organizar, de mutuo acuerdo entre las partes, un acto de presentación conjunta de la
Actividad de Formación como parte de la campaña de promoción de la misma.
Visibilidad.

En las acciones previstas en la Actividad de Formación realizada al amparo del
presente convenio figurarán los logotipos de ambas partes.
Las partes autorizan el uso de sus denominaciones, marcas y logotipos genéricos
exclusivamente para las acciones objeto de este convenio. Todos los diseños de los
documentos, en su término más amplio, que sean utilizados para la promoción y difusión
del presente convenio serán acordados por las partes con carácter previo a su
publicación.
Cada una de las partes conservará la plena titularidad sobre cualquier derecho de
propiedad intelectual que les corresponda y, únicamente, se entenderán cedidos aquellos
derechos que lo sean de forma expresa y por escrito a lo largo de la vigencia del
presente convenio.

cve: BOE-A-2025-17020
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.