Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-17051)
Resolución de 12 de agosto de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, para la realización del proyecto «Estudio de los factores biológicos que afectan a la acumulación de plomo en volandeira, y de la dispersión y origen del plomo en los bancos marisqueros a lo largo de la Ría de Vigo (Volaria)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 200
Miércoles 20 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 113479
Las citadas aportaciones se financiarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 16.03.723A.640.1 (código de proyecto 2024-141) de los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las actuaciones recogidas en el presente convenio son financiables, en un 70 %, con
el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). Se hace constar
también la elegibilidad de la actuación que se pretende en el marco de la Prioridad de la
Unión, Objetivo y Tipo de Actividad del FEMPA 1.6.3: Impulso de la investigación de los
recursos marinos y sistemas de gobernanza, prevista en el artículo 26 del Reglamento
(UE) 2021/1139, de 7 de julio de 2021. Esta participación se hará constar en todas
cuantas actuaciones se realicen al amparo de este convenio.
El importe que la Consellería del Mar aportará tiene como destino exclusivo la
compensación de los costes en los que incurre el CSIC, en la realización de los trabajos
y por causa exclusiva de su desarrollo, por lo que no existe ánimo de lucro por parte de
este último. La aportación convenida no se hace en concepto de contraprestación, y en
el convenio no habrá intercambio de prestaciones patrimoniales, ni la citada aportación
podrá ser calificada de precio, aunque se haga en dinero, sino de compensación de
costes.
Los gastos deberán ser realizados, facturados y efectivamente pagados dentro del
ámbito temporal del propio convenio y, por lo tanto, en lo referido únicamente a
actuaciones realizadas una vez surta efectos el convenio y hasta el 30 de septiembre
de 2027, con las siguientes fechas de justificación para los períodos de realización de
gastos y pagos imputables a cada anualidad:
Fecha límite de justificación
Período imputable
30 de noviembre de 2025. Desde el inicio de vigencia del convenio hasta el 30 de noviembre de 2025.
30 de noviembre de 2026. Desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026.
30 de septiembre de 2027. Desde el 1 de diciembre de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2027.
Las cantidades indicadas se harán efectivas por la Xunta de Galicia mediante
transferencia bancaria en cuenta abierta a nombre del CSIC que este indique y certifique
(indicando en el concepto de la transferencia el acrónimo o código identificativo que
acuerden), y previa conformidad del ordenante del pago, con alusión al cumplimiento de
las actividades recogidas en la cláusula segunda.
Dicha conformidad se realizará una vez completadas las actividades objeto de este
convenio y previa presentación a la Consellería del Mar de la siguiente documentación
justificativa:
– Una relación detallada de gastos y pagos realizados.
– Documentación acreditativa de los gastos, consistente en facturas o documentos
de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa. Cuando el beneficiario no disponga de facturas electrónicas, deberá
anexar una copia en formato PDF de los documentos originales.
– Documentación justificativa del pago: copia de transferencias bancarias,
certificados bancarios o extractos bancarios, o documentos obtenidos a través de banca
electrónica. En estos documentos deberán estar claramente identificados el receptor y el
emisor del pago, el número y la cantidad total de la factura pagada.
cve: BOE-A-2025-17051
Verificable en https://www.boe.es
1. Memoria de ejecución de las actividades de este convenio, con indicación
detallada de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos, en la que deberá
incluirse una relación de las personas/entidades que participaron en las mismas y una
descripción específica de las actividades realizadas por cada una de ellas. La memoria
incluirá la acreditación de la publicidad realizada.
2. Memoria económica con la justificación de los gastos incurridos. La memoria
incluirá:
Núm. 200
Miércoles 20 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 113479
Las citadas aportaciones se financiarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 16.03.723A.640.1 (código de proyecto 2024-141) de los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las actuaciones recogidas en el presente convenio son financiables, en un 70 %, con
el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). Se hace constar
también la elegibilidad de la actuación que se pretende en el marco de la Prioridad de la
Unión, Objetivo y Tipo de Actividad del FEMPA 1.6.3: Impulso de la investigación de los
recursos marinos y sistemas de gobernanza, prevista en el artículo 26 del Reglamento
(UE) 2021/1139, de 7 de julio de 2021. Esta participación se hará constar en todas
cuantas actuaciones se realicen al amparo de este convenio.
El importe que la Consellería del Mar aportará tiene como destino exclusivo la
compensación de los costes en los que incurre el CSIC, en la realización de los trabajos
y por causa exclusiva de su desarrollo, por lo que no existe ánimo de lucro por parte de
este último. La aportación convenida no se hace en concepto de contraprestación, y en
el convenio no habrá intercambio de prestaciones patrimoniales, ni la citada aportación
podrá ser calificada de precio, aunque se haga en dinero, sino de compensación de
costes.
Los gastos deberán ser realizados, facturados y efectivamente pagados dentro del
ámbito temporal del propio convenio y, por lo tanto, en lo referido únicamente a
actuaciones realizadas una vez surta efectos el convenio y hasta el 30 de septiembre
de 2027, con las siguientes fechas de justificación para los períodos de realización de
gastos y pagos imputables a cada anualidad:
Fecha límite de justificación
Período imputable
30 de noviembre de 2025. Desde el inicio de vigencia del convenio hasta el 30 de noviembre de 2025.
30 de noviembre de 2026. Desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026.
30 de septiembre de 2027. Desde el 1 de diciembre de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2027.
Las cantidades indicadas se harán efectivas por la Xunta de Galicia mediante
transferencia bancaria en cuenta abierta a nombre del CSIC que este indique y certifique
(indicando en el concepto de la transferencia el acrónimo o código identificativo que
acuerden), y previa conformidad del ordenante del pago, con alusión al cumplimiento de
las actividades recogidas en la cláusula segunda.
Dicha conformidad se realizará una vez completadas las actividades objeto de este
convenio y previa presentación a la Consellería del Mar de la siguiente documentación
justificativa:
– Una relación detallada de gastos y pagos realizados.
– Documentación acreditativa de los gastos, consistente en facturas o documentos
de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa. Cuando el beneficiario no disponga de facturas electrónicas, deberá
anexar una copia en formato PDF de los documentos originales.
– Documentación justificativa del pago: copia de transferencias bancarias,
certificados bancarios o extractos bancarios, o documentos obtenidos a través de banca
electrónica. En estos documentos deberán estar claramente identificados el receptor y el
emisor del pago, el número y la cantidad total de la factura pagada.
cve: BOE-A-2025-17051
Verificable en https://www.boe.es
1. Memoria de ejecución de las actividades de este convenio, con indicación
detallada de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos, en la que deberá
incluirse una relación de las personas/entidades que participaron en las mismas y una
descripción específica de las actividades realizadas por cada una de ellas. La memoria
incluirá la acreditación de la publicidad realizada.
2. Memoria económica con la justificación de los gastos incurridos. La memoria
incluirá: