Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2025061622)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

23029

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería
de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Sostenible, en concordancia con la Actividad de Tratamiento
correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de
conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de
abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías
de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
- Dirección: Av/ Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz
- Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es
- Teléfono: 924002131
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Gestión y resolución de las solicitudes de ayuda.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es:
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable
del tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de
noviembre). Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 59, de 25 de marzo).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para
determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de
los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentos. Los datos económicos
de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
En el supuesto de que las ayudas estén financiadas total o parcialmente con fondos europeos, los datos
personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección General de Financiación
Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones administrativas previas a la
declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme al artículo 151 del Reglamento (UE) 2021/2115
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en
relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de
la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que
se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013. Asimismo, podrán ser transferidos
datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del
interesado cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que
determine las cesiones como consecuencia del cumplimiento de una obligación legal, aunque deberemos
informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.
Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo
consentimiento por parte del interesado al organismo u órgano de la Administración Pública que solicite
la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias. Del mismo modo, en
aplicación de lo dispuesto por el artículo 60 del Reglamento de Ejecución (UE) 908/2014, se le informa
de que, de conformidad con el art. 113 del Reglamento (UE) 1306/2013, sus datos serán publicados con
arreglo al art. 111 de este mismo Reglamento y podrán ser tratados por organismos de auditoría e
investigación de la Unión Europea y nacionales para salvaguardar los intereses financieros de la Unión.