Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025061431)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el XXX premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

23176

Décimo. Pagos y reintegro.
1. El abono de los premios será efectuado de una sola vez, durante el mismo ejercicio económico en el que se convocan, mediante transferencia a favor de cada uno de los autores de
los trabajos premiados, de conformidad con los compromisos asumidos por cada beneficiario. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de
Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a una nueva alta, se realizará
su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145
2. E
 l órgano gestor, con carácter previo al pago, comprobará que las personas beneficiarias
se encuentran al corriente de las obligaciones con la Hacienda autonómica, Tributarias del
Estado y de la Seguridad Social.
3. Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro de las
cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora, desde el momento del pago del
premio, de acuerdo con las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Publicación de los trabajos.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se reserva el derecho de publicación y difusión de los trabajos que resulten premiados, por las vías que se estimen convenientes. Para ello, todos los trabajos que constituyan el proyecto, cualquiera que sea su
naturaleza y su soporte, deberán contar con la correspondiente autorización de difusión a favor de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y no podrán ser incluidos
materiales de los que no se posea titularidad, reserva de derechos o propiedad intelectual,
salvo que sean de libre distribución, acreditándose cualquiera de estos extremos en su caso.
Las personas beneficiarias se comprometen a colaborar en la realización de las adaptaciones
oportunas.
Duodécimo. Datos de carácter personal.
Los centros educativos deberán disponer de la autorización correspondiente de los progenitores, tutores o tutoras legales de los alumnos y alumnas menores de edad para hacer públicas
imágenes de los mismos de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente sobre protección
de datos y sobre seguridad y confidencialidad de la información establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales.