Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025061765)
Resolución de 22 de abril de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma (por cambio de conductor LA-30) de la LAMT 4869-05-"Berzocana" de la STR "Cañamero", de 20 kV, entre los apoyos 5190 y 527 (CT Albergue Navezuelas) de la misma, en los términos municipales de Cabañas del Castillo y Navezuelas (Cáceres)". Expte.: AT-9398.
<< 5 << Página 5
Página 6 Pág. 6
-
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 85

24731

Martes 6 de mayo de 2025

Conclusión final: No es previsible que la realización del proyecto y su puesta en funcionamiento produzca efectos significativos en el medio ambiente, siempre que se cumplan las
condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la declaración
de impacto ambiental y en la documentación ambiental presentada por la Empresa, siempre
que no entren en contradicción con las condiciones y medidas mencionadas.
De conformidad con lo establecido en las conclusiones indicadas, serán de aplicación al proyecto objeto de esta autorización las condiciones ambientales y medidas preventivas, correctoras y compensatorias detalladas en el apartado “D. Condiciones y medidas para prevenir,
corregir y compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente” de la Declaración de
Impacto Ambiental. El cumplimiento de las condiciones ambientales y medidas preventivas,
correctoras y compensatorias deberá estar expresamente acreditado en la certificación de
dirección de obra que sea presentada en su momento para el otorgamiento de la autorización
de explotación de las instalaciones.
Las medidas de seguimiento ambiental se ajustarán a lo establecido en el apartado “F. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental” de la declaración de impacto ambiental, siendo
responsabilidad del coordinador ambiental designado por el promotor del proyecto conforme
a lo establecido en el punto 10 del apartado “D.1 Condiciones de carácter general” de la declaración de impacto ambiental, ejercer las funciones de control y vigilancia ambiental con el
objetivo de que las medidas preventivas, correctoras y complementarias previstas se lleven a
cabo de forma adecuada en las diferentes fases del proyecto
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en un plazo no superior a un mes, conforme
a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Cáceres, 22 de abril de 2025.
El Jefe del Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN FRANCISCO LEMUS PRIETO