Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025061750)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea II a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa CRISOL FORMAS (Crisol-For+) que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa.
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NÚMERO 86

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Miércoles 7 de mayo de 2025

el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a
través del apartado habilitado a tal efecto en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ . No obstante, si transcurridos diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación
no se accede a su contenido, dicha notificación se entenderá rechazada, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 43.2 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando
por efectuado el trámite correspondiente y siguiéndose el procedimiento, al amparo de lo
establecido en el artículo 41.5 de la misma ley.
3. E
 xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
 uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquélla que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
 as entidades solicitantes podrán consultar en todo momento el estado del expediente administrativo a través de la sede electrónica.
Décimo. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y la del
extracto a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ), de conformidad con de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que
estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 24 de abril de 2025.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023,
DOE n.º 180, de 19 de septiembre
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO