Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Concurso De Traslados. Personal Funcionario. (2025061957)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Consejera, por la que se dispone la fecha de incorporación de las personas adjudicatarias de la primera convocatoria de provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso permanente y abierto efectuada por Orden de 19 de mayo de 2023.
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NÚMERO 91
26515
Miércoles 14 de mayo de 2025
tección Jurídica del Menor, al ámbito del empleo público de la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y modificación de las relaciones de puestos de trabajo
afectadas, las personas funcionarias de carrera que resulten adjudicatarios de un puesto identificado en la relación de puestos de trabajo como de aquellos que implican contacto habitual
con menores deberán acreditar con anterioridad a la toma de posesión que no han sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, para ello se
actuará de conformidad con lo establecido en el mencionado decreto. Así pues, las personas
adjudicatarias deberán autorizar expresamente a la Administración para recabar el certificado
del Registro Central de Delincuentes Sexuales, o, en su defecto, aportar ante la Secretaría
General de la Consejería de adscripción del puesto adjudicado la certificación negativa, ello
con carácter previo a la toma de posesión.
Por último, según lo previsto en el apartado tercero de la Base undécima de la Orden de convocatoria y de conformidad con el artículo 137. b) de la Ley 13/2015 de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, cuando no se tome posesión del puesto de trabajo adjudicado por el
concurso en el plazo establecido en la resolución que ponga fin al procedimiento, salvo causas
de fuerza mayor u otras circunstancias graves debidamente justificadas, procederá declarar
de oficio la excedencia voluntaria por interés particular al personal funcionario de carrera que
incurra en esta situación.
Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resulto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 9 de mayo de 2025.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
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Miércoles 14 de mayo de 2025
tección Jurídica del Menor, al ámbito del empleo público de la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y modificación de las relaciones de puestos de trabajo
afectadas, las personas funcionarias de carrera que resulten adjudicatarios de un puesto identificado en la relación de puestos de trabajo como de aquellos que implican contacto habitual
con menores deberán acreditar con anterioridad a la toma de posesión que no han sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, para ello se
actuará de conformidad con lo establecido en el mencionado decreto. Así pues, las personas
adjudicatarias deberán autorizar expresamente a la Administración para recabar el certificado
del Registro Central de Delincuentes Sexuales, o, en su defecto, aportar ante la Secretaría
General de la Consejería de adscripción del puesto adjudicado la certificación negativa, ello
con carácter previo a la toma de posesión.
Por último, según lo previsto en el apartado tercero de la Base undécima de la Orden de convocatoria y de conformidad con el artículo 137. b) de la Ley 13/2015 de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, cuando no se tome posesión del puesto de trabajo adjudicado por el
concurso en el plazo establecido en la resolución que ponga fin al procedimiento, salvo causas
de fuerza mayor u otras circunstancias graves debidamente justificadas, procederá declarar
de oficio la excedencia voluntaria por interés particular al personal funcionario de carrera que
incurra en esta situación.
Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resulto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 9 de mayo de 2025.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
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