Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Escuelas Oficiales De Idiomas. Admisión De Alumnos. (2025061982)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025-2026.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025

27065

7. U
 na vez adjuntado el justificante del pago, o en su caso documentación de justificación de
exención o bonificación, el alumnado podrá confirmar su matrícula de forma online a través
de la Plataforma Educativa Rayuela, considerándose entonces formalizada la inscripción
como alumnado matriculado.
8. La matriculación de este alumnado de nuevo ingreso podrá hacerse en los meses de julio
o septiembre una vez que se publiquen las correspondientes adjudicaciones y vacantes por
idioma y grupo.
9. El alumnado que haya sido admitido en estas enseñanzas, transcurrido el plazo de matriculación no haya confirmado la matrícula de forma on-line a través de la Secretaría Virtual de
Rayuela, perderán su derecho y la vacante será asignada a solicitantes en lista de espera.
Decimoctavo. Procedimiento de matriculación alumnado no sujeto a baremación.
1. Si la persona ha solicitado la admisión-matrícula, conforme al anexo V, en este proceso
solo deberá confirmar su matrícula en la Plataforma Educativa Rayuela. Para ello, deberá
acceder mediante los medios indicados en el resuelvo decimocuarto de esta resolución y
dentro de los plazos establecidos en el calendario de actuaciones.
2. Este alumnado únicamente deberá seleccionar en su matrícula el turno, mañana o tarde, y
el grupo-horario. De los grupos-horarios ofertados, solo podrá elegir uno por idioma, y una
vez seleccionado, no será posible marcar otro. La asignación de plazas vacantes se gestionará a través del sistema centralizado de la Plataforma Educativa Rayuela.
3. En ese momento el alumnado deberá proceder al pago del precio público de matrícula,
conforme a lo indicado en el resuelvo noveno de esta resolución, y adjuntar el justificante
correspondiente en la sección habilitada a tal fin en la plataforma. En el caso de estar exento del pago o sea beneficiario de una bonificación, conforme a lo dispuesto en el artículo
12 del Decreto 269/2023, de 31 de octubre, por el que se establecen los precios públicos
correspondientes a las enseñanzas de régimen especial impartidas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de
Extremadura, deberá indicarlo en la matricula y adjuntar la documentación justificativa de
dicha condición.
4. U
 na vez adjuntado el justificante del pago, o en su caso documentación de justificación de
exención o bonificación, el alumnado podrá confirmar su matrícula de forma online a través
de la Plataforma Educativa Rayuela, considerándose entonces formalizada la inscripción
como alumnado matriculado.