Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Subastas. (2025080809)
Anuncio de 11 de mayo de 2025 por el que se da publicidad a la enajenación de ganado vacuno.
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NÚMERO 94
Lunes 19 de mayo de 2025
27742
ANUNCIO de 11 de mayo de 2025 por el que se da publicidad a la enajenación
de ganado vacuno. (2025080809)
1. Objeto:
El presente anuncio tiene por objeto dar publicidad a la enajenación del ganado vacuno que
se especifica en el anexo del mismo, de acuerdo con el procedimiento para la enajenación
de las producciones agrarias de las explotaciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, aprobado por Decreto 31/1997, de 4 de marzo (DOE n.º 30,
de 11 de marzo).
2. D
ía, hora y local en que haya de celebrarse la adjudicación:
A las 10:00 horas del día 28 de mayo de 2025, en el Salón de Actos del Centro de Formación
del Medio Rural de Navalmoral de la Mata (Carretera de Jarandilla, km 6, 10300 Navalmoral
de la Mata).
Para la participación en esta enajenación no será necesario cumplimentar solicitud previa,
bastando con reunir en el momento del acto de adjudicación los requisitos en los términos
exigidos en el punto 4 de este anuncio.
El ganado objeto de la subasta podrá ser visto por los licitadores, de lunes a viernes, desde
la publicación de este anuncio en horario de nueve a catorce horas.
3. M
esa de enajenación:
La Mesa de Enajenación legitimada para la celebración de esta enajenación es la que especifica el art. 9 del Decreto 31/1997, de 4 de marzo y la Resolución de 2 de agosto de
2023, por la que se delega la firma de determinadas resoluciones y actos en los órganos
directivos de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (DOE n.º 152,
de 8 de agosto).
4. R
equisitos de los concurrentes:
a. Estar en posesión del documento oficial de identidad en caso de personas físicas. En
los casos de representación, estar en posesión del documento nacional de identidad y
documento original o copia compulsada por la que se acredite la misma.
Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base al
artículo 106 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, por la
que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE, 26 de febrero de 2014.
Lunes 19 de mayo de 2025
27742
ANUNCIO de 11 de mayo de 2025 por el que se da publicidad a la enajenación
de ganado vacuno. (2025080809)
1. Objeto:
El presente anuncio tiene por objeto dar publicidad a la enajenación del ganado vacuno que
se especifica en el anexo del mismo, de acuerdo con el procedimiento para la enajenación
de las producciones agrarias de las explotaciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, aprobado por Decreto 31/1997, de 4 de marzo (DOE n.º 30,
de 11 de marzo).
2. D
ía, hora y local en que haya de celebrarse la adjudicación:
A las 10:00 horas del día 28 de mayo de 2025, en el Salón de Actos del Centro de Formación
del Medio Rural de Navalmoral de la Mata (Carretera de Jarandilla, km 6, 10300 Navalmoral
de la Mata).
Para la participación en esta enajenación no será necesario cumplimentar solicitud previa,
bastando con reunir en el momento del acto de adjudicación los requisitos en los términos
exigidos en el punto 4 de este anuncio.
El ganado objeto de la subasta podrá ser visto por los licitadores, de lunes a viernes, desde
la publicación de este anuncio en horario de nueve a catorce horas.
3. M
esa de enajenación:
La Mesa de Enajenación legitimada para la celebración de esta enajenación es la que especifica el art. 9 del Decreto 31/1997, de 4 de marzo y la Resolución de 2 de agosto de
2023, por la que se delega la firma de determinadas resoluciones y actos en los órganos
directivos de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (DOE n.º 152,
de 8 de agosto).
4. R
equisitos de los concurrentes:
a. Estar en posesión del documento oficial de identidad en caso de personas físicas. En
los casos de representación, estar en posesión del documento nacional de identidad y
documento original o copia compulsada por la que se acredite la misma.
Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base al
artículo 106 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, por la
que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE, 26 de febrero de 2014.