Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025040072)
Extracto del Decreto 36/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a favorecer la competitividad empresarial, a través del desarrollo de proyectos colaborativos para la creación de soluciones innovadoras a retos empresariales, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 94

27456

Lunes 19 de mayo de 2025

Las ayudas consistirán en una subvención del 100 por cien de los gastos de subvencionables,
con un límite máximo de 25.000 euros de subvención por proyecto.
La dotación de la convocatoria asciende a 250.000 euros, la cual será imputada a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, Código Fondos FD211A1302 y Proyecto de Gasto
20240062 Ayudas a la Cooperación: Retos Empresariales.
La financiación de las presentes ayudas se realizará, con un porcentaje de cofinanciación
del 85 por cien, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
-FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del
Objetivo Político 1 “una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la
información y de las comunicaciones”; Prioridad 1.A “Transición Digital e Inteligente” y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y
la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la
publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es ).
Sexto. Otros datos.
1. E
 l importe de las ayudas concedidas se abonará a la pyme beneficiaria conforme al siguiente régimen de pagos:
a. Una vez emitida la resolución de concesión se abonará un primer importe anticipado del
50 por cien de la ayuda otorgada.
b. E
 l 50 por cien restante se abonará a la justificación, dentro de un plazo no superior a
3 meses desde la emisión de la Resolución de concesión de la ayuda, de la ejecución
parcial de, al menos, el 40 por cien del desarrollo del proyecto.
2. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre
el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico, dentro de
la ficha correspondiente al trámite, accesible a través del siguiente enlace directo
https://www.juntaex.es/w/0717325 .
Mérida, 8 de mayo de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN