Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. Subvenciones. (2025040074)
Extracto del Decreto 38/2025, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de los Puntos de Atención Psicológica y se aprueba la primera convocatoria. Línea II: Subvenciones a entidades locales para el funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género.
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NÚMERO 95

27849

Martes 20 de mayo de 2025

Anualidad 2025: 122.500,00 €.
Anualidad 2026: 122.500,00 €.
Anualidad 2027: 122.500,00 €.
La cuantía de la subvención para financiar los gastos derivados del funcionamiento de los
Puntos de Atención Psicológica será una cantidad fija de 41.138 € para cada una de las tres
anualidades de la convocatoria.
En el supuesto de que el inicio de la actividad objeto de la subvención no coincidiera con el comienzo de la anualidad presupuestaria, la cuantía de la subvención concedida experimentará
un descuento proporcional en función del tiempo de retraso producido en el inicio de la actividad para ese año, tomando como referencias las cuantías anuales citadas anteriormente.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al
de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en los
apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, accediendo a través del punto de acceso
general electrónico (www.juntaex.es/w/5890 ) dentro de la ficha correspondiente al trámite
desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud,
o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 14 de mayo de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL

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