Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Ceses. Nombramientos. (2025050063)
Orden de 12 de mayo de 2025, del Consejero como titular de la Presidencia del Consejo de la Formación Profesional de Extremadura, por la que se dispone el cese y el nombramiento de la persona que desempeña la Secretaría de dicho órgano.
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NÚMERO 95
Martes 20 de mayo de 2025

II

27850

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
ORDEN de 12 de mayo de 2025, del Consejero como titular de la Presidencia
del Consejo de la Formación Profesional de Extremadura, por la que se dispone
el cese y el nombramiento de la persona que desempeña la Secretaría de
dicho órgano. (2025050063)
Mediante Decreto 75/2001, de 29 de mayo, se crea y regula el Consejo de la Formación Profesional de Extremadura, como órgano consultivo y de asesoramiento tripartito, compuesto
por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las consejerías competentes en materia de formación
profesional. Según lo dispuesto en su artículo 3, está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente, 24 vocales y el Secretario, que actuará con voz y sin voto.
La Orden de 16 de abril de 2002, por la que se aprueba su Reglamento de Organización y
Funcionamiento (DOE n.º 53, de 9 de mayo), establece en su artículo 6 que la presidencia de
dicho Consejo corresponderá alternativamente y por periodos anuales naturales, al titular de
la Consejería competente en materia educativa y al titular de la Consejería competente en
materia de trabajo de la Junta de Extremadura.
Mediante Orden de 1 de marzo de 2024, de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional y del Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se determina la presidencia y vicepresidencia y se nombran a los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo de la Formación Profesional
de Extremadura (DOE n.º 49, de 11 de marzo), se establece en su resuelvo primero que “La
Presidencia del Consejo de la Formación Profesional de Extremadura será desempeñada durante el año 2024 por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación,
a quien sucederá en la siguiente anualidad la persona titular de la Consejería competente en
materia de empleo, y así alternativamente”.
En consecuencia, una vez finalizado el mandato anual del titular de la consejería competente en materia de educación, corresponde al titular de la Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital, desempeñar la Presidencia del Consejo de la Formación Profesional,
y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3.5 del mencionado Decreto 75/2001, de 29 de
mayo, nombrar mediante Orden a la persona que desempeñe la secretaría de dicho órgano.