Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025062047)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 de las ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 96
28484
Miércoles 21 de mayo de 2025
cargo a la anualidad de 2026.
b. Para la realización de eventos en Extremadura, conforme a lo establecido en el punto
2 del apartado segundo de la presente convocatoria la dotación presupuestaria es de
150.000 euros, con cargo a la presente anualidad 2025.
c. Podrá derivarse la cantidad económica prevista para una línea de las actuaciones sub
vencionables en la que se necesite más dotación presupuestaria para atender las solici
tudes presentadas, siempre que en la otra línea se haya producido un remanente y no
exista ninguna solicitud de esa línea pendiente de resolver.
Decimocuarto. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos el mismo día de su publicación, junto con el extracto
de la misma previsto en el artículo 20.8 a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio
de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según
el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Decimoquinto. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Mérida, 30 de abril de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
28484
Miércoles 21 de mayo de 2025
cargo a la anualidad de 2026.
b. Para la realización de eventos en Extremadura, conforme a lo establecido en el punto
2 del apartado segundo de la presente convocatoria la dotación presupuestaria es de
150.000 euros, con cargo a la presente anualidad 2025.
c. Podrá derivarse la cantidad económica prevista para una línea de las actuaciones sub
vencionables en la que se necesite más dotación presupuestaria para atender las solici
tudes presentadas, siempre que en la otra línea se haya producido un remanente y no
exista ninguna solicitud de esa línea pendiente de resolver.
Decimocuarto. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos el mismo día de su publicación, junto con el extracto
de la misma previsto en el artículo 20.8 a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio
de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según
el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Decimoquinto. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Mérida, 30 de abril de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN