Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2025062023)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025.
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NÚMERO 97
28736
Jueves 22 de mayo de 2025
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se
conceden ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025. (2025062023)
De conformidad con la Orden de 27 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura; publicada en el DOE núm. 69, de 10 de abril, así como
con el resuelve decimoquinto de la Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Secretaría
General, de convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 (DOE n.º 2, de 3 de enero de
2025), vista el acta de la Comisión de Valoración de fecha 4 de abril de 2025, y en uso de las
atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas al desarrollo de proyectos audiovisuales que se especifican
en el anexo I, por un importe total de ochenta mil euros (80.000 €) que se imputará a la
aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000/20210070/CAG0000001 (Ayudas al desarrollo de proyectos audiovisuales) de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2025.
Segundo. Establecer la relación complementaria ordenada de solicitudes a efectos de posibles renuncias (anexo II).
Tercero. Excluir de la convocatoria a los solicitantes que se especifican en el anexo III, con
mención de las causas de exclusión.
Cuarto. Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de
las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que la cuantía de ayudas públicas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras
ayudas, el 100 % del coste del desarrollo del proyecto para el que se solicita la subvención.
Quinto. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del 1 de enero del
año 2025 y finalizar dentro de los doce meses siguientes a la publicación de la resolución de
concesión en el Diario Oficial de Extremadura, y siempre con anterioridad al inicio del rodaje.
Sexto. El pago de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
La aportación de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes se efectuará durante
el año 2025 con un pago único, con carácter anticipado, siendo el 100 % del importe total de
28736
Jueves 22 de mayo de 2025
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se
conceden ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025. (2025062023)
De conformidad con la Orden de 27 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura; publicada en el DOE núm. 69, de 10 de abril, así como
con el resuelve decimoquinto de la Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Secretaría
General, de convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 (DOE n.º 2, de 3 de enero de
2025), vista el acta de la Comisión de Valoración de fecha 4 de abril de 2025, y en uso de las
atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas al desarrollo de proyectos audiovisuales que se especifican
en el anexo I, por un importe total de ochenta mil euros (80.000 €) que se imputará a la
aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000/20210070/CAG0000001 (Ayudas al desarrollo de proyectos audiovisuales) de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2025.
Segundo. Establecer la relación complementaria ordenada de solicitudes a efectos de posibles renuncias (anexo II).
Tercero. Excluir de la convocatoria a los solicitantes que se especifican en el anexo III, con
mención de las causas de exclusión.
Cuarto. Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de
las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que la cuantía de ayudas públicas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras
ayudas, el 100 % del coste del desarrollo del proyecto para el que se solicita la subvención.
Quinto. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del 1 de enero del
año 2025 y finalizar dentro de los doce meses siguientes a la publicación de la resolución de
concesión en el Diario Oficial de Extremadura, y siempre con anterioridad al inicio del rodaje.
Sexto. El pago de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
La aportación de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes se efectuará durante
el año 2025 con un pago único, con carácter anticipado, siendo el 100 % del importe total de