Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062311)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo de 9,88 ha de pistachos, en el polígono 4 parcelas 286, 287, 295 y 299, a ejecutar en el término municipal de Berlanga (Badajoz), cuya promotora es M.ª Purificación Muñoz Barragán. Expte.: IA24/0869.
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NÚMERO 108
Viernes 6 de junio de 2025



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3.3.4. Fauna.

Respecto al factor fauna, como ya se ha indicado con anterioridad en el presente informe, la zona de actuación se encuentra incluida dentro de zona ZEPA, si bien, dicha
parcela ya contaba con un informe favorable para realizar plantación de olivar súper
intensivo del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad.
Por otra parte, según el informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad (CN 24/4090) emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, se considera que la actuación
solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en
la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos.
Los impactos generados tanto en la fase de construcción (molestias por ruidos, emisión
de polvo, apertura de zanjas, circulación de maquinaria y vehículos, posibles vertidos) como en la fase de explotación, podrán ser mitigados y considerados compatibles
siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en el presente
informe, así como las indicadas en el documento ambiental.


3.3.5. Vegetación y hábitats naturales.

La vegetación natural en la zona de actuación es inexistente, a excepción de tres árboles
autóctonos que se observan en la linde entre parcelas, y que deberán respetarse tal y
como se indica en el apartado 4.2 del presente informe. Además, se trata de unas parcelas dedicada al cultivo históricamente. La plantación está ejecutada en su totalidad.
Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación herbácea natural.
Por otra parte, según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, se considera que la actuación solicitada, no susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos al contar ya, además, con un informe favorable para realizar plantación de
olivar en superintensivo.
Se propondrán medidas de obligado cumplimiento para proteger y fomentar la aparición de vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de la zona de actuación.