Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. (2025050088)
Orden de 4 de junio de 2025 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 111

33496

Miércoles 11 de junio de 2025

ANEXO V
CERTIFICACIÓN DE ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR POR CENTROS PÚBLICOS DE SEGUNDO
CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA OBLIGATORIA, F.P.BÁSICA Y EDUCACIÓN
ESPECIAL

Don/Doña

como secretario/a del Consejo Escolar del

Centro __________________________________________Localidad _____________________C.P._____Provincia __________
Que, de acuerdo con la Orden por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de textoa los centros
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de educación primaria, secundaria
obligatoria y especial, destinado a la adquisición de libros de texto para el curso escolar 2025/2026, el centro ha recibido
las siguientes cuantías:
CUANTÍA PARA LIBROS DE TEXTO

CUANTÍA TOTAL PARA MATERIAL ESCOLAR

TOTAL

CERTIFICO
a)

Que la totalidad de los fondos recibidos ha sido destinada a los fines previstos.

b)

Que los libros de texto y el material escolar han sido adquiridos por el centro en establecimientos del sector.

c)

Que la documentación, las facturas y/o justificantes de pago, imputables a los libros de texto y/o materialescolar

y didáctico adquiridos, y demás documentación quedan archivados en el centro a disposición de los órganos de
seguimiento.
d)

Que los datos referidos a la actualización del banco de libros son los que se indican en el Anexo V.

Y para que conste y a los efectos oportunos firmo la presente en
En

,a

de

de

VºBº EL PRESIDENTE/A
DEL CONSEJO ESCOLAR

Fdo.:

EL SECRETARIO /A

Fdo.:

SR. DIRECTOR GENERAL DEL ENTE PUBLICO EXTREMEÑO DE SERVICIOS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS