Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025
35278
El órgano instructor del procedimiento de concesión de estas ayudas recabará de oficio
sus datos de identidad personal de acuerdo con los datos de identificación que obren
en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio de Administraciones Públicas como prestador del Sistema de
Verificación de Datos de Identidad (SVDI), así como los datos de identidad de la persona
jurídica a través del Sistema de Desarrollo Estructurado de la Hacienda Extremeña y
sus Servicios Administrativos (DEHESA), debiendo constar dicho consentimiento en la
solicitud, de acuerdo con la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) En caso de comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aun careciendo de personalidad jurídica cumplan los requisitos
enumerados en el artículo 3 de este decreto, deben presentar copia del documento de
constitución y posibles modificaciones del mismo, declaración firmada por todos los integrantes de la entidad donde se indiquen los compromisos de ejecución asumidos por
cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada
uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios/as.
En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario/a,
corresponden a la agrupación.
c) Acreditación de la titularidad de las edificaciones que constituye el centro de trabajo mediante nota simple o escritura pública de propiedad de las edificaciones o acreditación
del arrendamiento de las edificaciones mediante contrato de alquiler vigente.
En caso de arrendamiento, se debe aportar autorización expresa del titular del inmueble
para la realización de las actuaciones subvencionadas sobre la edificación.
d) Comunicación a la autoridad laboral de apertura del centro de trabajo de la empresa
ubicados en Extremadura, según se establece en la Orden TIN/1071/2010, de 27 de
abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de
reanudación de actividades en los centros de trabajo o licencia de actividad municipal.
e) D
eclaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas de cualquier régimen de mínimis recibidas en los tres años previos. Para ello deberán formalizar el
apartado establecido a dicho efecto en la solicitud.
f) En el supuesto de solicitar la línea de ayuda 2 o la realización conjunta de ambas líneas
de ayudas:
Jueves 19 de junio de 2025
35278
El órgano instructor del procedimiento de concesión de estas ayudas recabará de oficio
sus datos de identidad personal de acuerdo con los datos de identificación que obren
en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio de Administraciones Públicas como prestador del Sistema de
Verificación de Datos de Identidad (SVDI), así como los datos de identidad de la persona
jurídica a través del Sistema de Desarrollo Estructurado de la Hacienda Extremeña y
sus Servicios Administrativos (DEHESA), debiendo constar dicho consentimiento en la
solicitud, de acuerdo con la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) En caso de comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aun careciendo de personalidad jurídica cumplan los requisitos
enumerados en el artículo 3 de este decreto, deben presentar copia del documento de
constitución y posibles modificaciones del mismo, declaración firmada por todos los integrantes de la entidad donde se indiquen los compromisos de ejecución asumidos por
cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada
uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios/as.
En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario/a,
corresponden a la agrupación.
c) Acreditación de la titularidad de las edificaciones que constituye el centro de trabajo mediante nota simple o escritura pública de propiedad de las edificaciones o acreditación
del arrendamiento de las edificaciones mediante contrato de alquiler vigente.
En caso de arrendamiento, se debe aportar autorización expresa del titular del inmueble
para la realización de las actuaciones subvencionadas sobre la edificación.
d) Comunicación a la autoridad laboral de apertura del centro de trabajo de la empresa
ubicados en Extremadura, según se establece en la Orden TIN/1071/2010, de 27 de
abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de
reanudación de actividades en los centros de trabajo o licencia de actividad municipal.
e) D
eclaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas de cualquier régimen de mínimis recibidas en los tres años previos. Para ello deberán formalizar el
apartado establecido a dicho efecto en la solicitud.
f) En el supuesto de solicitar la línea de ayuda 2 o la realización conjunta de ambas líneas
de ayudas: