Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agricultura. Ayudas. (2025081012)
Anuncio de 12 de junio de 2025 por el que se notifica la resolución del procedimiento para la declaración de la pérdida del derecho al cobro de subvención y apertura de trámite de audiencia, en determinado expediente de ayuda concedida para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma, dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU), convocatoria 2021.
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NÚMERO 118
Viernes 20 de junio de 2025

35699

ANUNCIO de 12 de junio de 2025 por el que se notifica la resolución del
procedimiento para la declaración de la pérdida del derecho al cobro de
subvención y apertura de trámite de audiencia, en determinado expediente
de ayuda concedida para inversiones destinadas a la transformación y
comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma, dentro
de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next
Generation EU), convocatoria 2021. (2025081012)
El Decreto 146/2021, de 3 de diciembre (DOE n.º 249, de 29 de diciembre), establece las
bases reguladoras de concesión de ayudas para inversiones destinadas a la transformación y
comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma, dentro de las medidas
EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU) y, aprueba la
convocatoria para el ejercicio 2021.
En base a lo dispuesto en el artículo 27 y siguientes del citado decreto y, de acuerdo con los
artículos 45 y 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se notifica la resolución del procedimiento para la declaración de la pérdida del derecho al cobro de la subvención, en el expediente que se relaciona
en el anexo adjunto.
Podrán acceder al texto íntegro de esta notificación, con sus claves personalizadas, a través
de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente al de
la presente notificación (artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa). Potestativamente, sepodrá interponer recurso
de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes computado a partir del
día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en conexión con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en
cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya
resuelto el recurso interpuesto o, se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello,
sin perjuicio de cualquier otro que estime/n procedente.