Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025062487)
Resolución de 13 de junio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Eléctricas Pitarch Distribución, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma integral, digitalización y aumento de potencia (1x630 kVA) del CT-6, en la localidad de Torrejoncillo (Cáceres)". Expte.: AT-9640.
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NÚMERO 119

35898

Lunes 23 de junio de 2025

En el presente caso no han sido presentadas alegaciones.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Eléctricas Pitarch Distribución, SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Reforma integral, digitalización y aumento de potencia (1x630 kVA) del CT-6, en la localidad de Torrejoncillo (Cáceres)”, cuyos
datos esenciales son los indicados seguidamente:
Sustitución de línea aérea de media tensión:
— Sustitución del transformador existente de 250 kVA por otro de 630 kVA. Se instalará
un conjunto de celdas modulares SF6-2L+2P motorizadas y telegestionadas.
— Sustitución del cuadro de BT 4 salidas subterráneas en baja tensión para conexión a
sendas líneas existentes.
Emplazamiento: Local propiedad de la empresa distribuidora en travesía de las Viñas,
s/n.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.