Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062503)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención a la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura para el desarrollo, durante el año 2025, del proyecto "Acercamiento de las políticas públicas de la Junta de Extremadura a la comunidad universitaria".
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025

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6. C
 reación de microespacios en los que se divulguen las actuaciones, ayudas, programas,
recursos y políticas públicas encaminadas a mejorar la vida de los jóvenes en materia
de vivienda, empleo, formación, deporte y ocio.
7. R
 ealización de al menos 5 programas que se centren en la difusión del talento y las
potencialidades de la región, incluyendo ejemplos de personas que hayan forjado su
carrera en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
8. V
 olcado de los contenidos y adaptación de estos a las principales redes sociales (X, Instagram, Facebook) y nuevos formatos, con el fin de conseguir la máxima promoción y
difusión de los trabajos realizados.
9. E
 misión de cuñas radiofónicas en la programación de OndaCampus de campañas de
publicidad institucional de interés general y afinidad con los ámbitos descritos.
Cuarta. Vigencia del Convenio y plazo de ejecución de actuaciones.
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y estará vigente hasta el
31 de marzo de 2026.
El plazo de ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio comprenderá desde
el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Quinta. Gastos subvencionables.
Tendrán la consideración de subvencionables aquellos gastos corrientes en personal, necesarios para la realización de las actividades programadas por la Fundación Universidad- Sociedad de la Universidad de Extremadura, para la realización, durante el año 2025, del programa
de acercamiento de las políticas públicas de la Junta de Extremadura a la comunidad universitaria de la referida Universidad, con arreglo a la memoria descriptiva, Anexo II, aportada
por la citada Fundación, junto con la solicitud, el 30 de abril de 2025, y adjunta al presente
convenio.
La realización de los gastos y ejecución de los mismos deberá llevarse a cabo entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2025, por lo que la emisión de facturas o documentos contables
de valor probatorio equivalente deberá llevar fechas comprendidas en este período de tiempo.
A estos efectos, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado en el
período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 31 de marzo de 2026.
Sexta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
Fundación Universidad- Sociedad de la Universidad de Extremadura, como entidad beneficiaria de la subvención asumirá con carácter general las obligaciones previstas en el artículo 13