Ayuntamiento De Badajoz. Planeamiento. (2025081035)
Anuncio de 13 de junio de 2025 sobre aprobación definitiva del Programa de Ejecución del Sector SUB-CC-9.1.1 del Plan General Municipal.
58 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 120
36587
Martes 24 de junio de 2025
N.º máximo de plantas sobre rasante:
— Una planta (I).
Alturas máximas:
— Conforme a la Normativa Urbanística General del PGM.
Edificabilidad superficial máxima y aprovechamiento homogeneizado:
uso
superficie
edificable (m²)
aprovechamiento homogeneizado
coef. homog.
aprovec. (u.a.)
EQUIPAMIENTO PRIVADO
exclus. comercial
2.428,86
1,50
3.643
TOTAL Equip. Privado
2.428,86
3.643
TOTAL
2.428,86
3.643
Usos autorizados:
Uso global: Equipamiento (E).
Uso pormenorizado: Comercial (EC).
Uso específico: Local Especializado (ECE).
Entreplantas:
No se permiten.
Dotación mínima de aparcamientos privados:
Conforme a la Normativa Urbanística General del PGM.
Estudio de Detalle:
Las condiciones particulares de edificación serán las que al respecto se establezcan en el
correspondiente Estudio de Detalle, a formular preceptivamente, conforme a las limitaciones señaladas en la ordenación general reflejada en la documentación gráfica del Plan
Parcial.
Será obligatorio un retranqueo mínimo de tres metros en todos los linderos.
36587
Martes 24 de junio de 2025
N.º máximo de plantas sobre rasante:
— Una planta (I).
Alturas máximas:
— Conforme a la Normativa Urbanística General del PGM.
Edificabilidad superficial máxima y aprovechamiento homogeneizado:
uso
superficie
edificable (m²)
aprovechamiento homogeneizado
coef. homog.
aprovec. (u.a.)
EQUIPAMIENTO PRIVADO
exclus. comercial
2.428,86
1,50
3.643
TOTAL Equip. Privado
2.428,86
3.643
TOTAL
2.428,86
3.643
Usos autorizados:
Uso global: Equipamiento (E).
Uso pormenorizado: Comercial (EC).
Uso específico: Local Especializado (ECE).
Entreplantas:
No se permiten.
Dotación mínima de aparcamientos privados:
Conforme a la Normativa Urbanística General del PGM.
Estudio de Detalle:
Las condiciones particulares de edificación serán las que al respecto se establezcan en el
correspondiente Estudio de Detalle, a formular preceptivamente, conforme a las limitaciones señaladas en la ordenación general reflejada en la documentación gráfica del Plan
Parcial.
Será obligatorio un retranqueo mínimo de tres metros en todos los linderos.