Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062484)
Resolución de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Agroganadera Vaquero, SL, en el término municipal de Trujillo.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 120
Martes 24 de junio de 2025
36384
ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para este tipo de
obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento el impacto sobre la
calidad del aire, lo mismo que el ruido y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones de suministro de mercaderías, carga y descarga
de animales, retirada de residuos y operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así
como con los contaminantes emitidos por los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en la
explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol), NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen de focos difusos y
dada la enorme dificultad para el control de los valores límite de emisión de las mismas
se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas presentes en la resolución.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de aire,
ruido y contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas correctoras
propuestas.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
El área de implantación no presenta afecciones directas al patrimonio arqueológico o
etnográfico presente en la Carta Arqueológica.
En el área de estudio no discurren vías pecuarias.
No se prevé ninguna afección a monte de utilidad pública. En el entorno cercano de la
explotación no existen montes de utilidad pública.
— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos serían la ocupación del suelo por parte de las instalaciones, y
el consumo de cereales y agua por parte de los animales.
La actividad ganadera también podría tener efectos sobre el cambio climático derivados
de las emisiones gases producidas durante el estabulamiento de los animales y almacenamiento exterior de sus deyecciones principalmente. Para ello se proponen una serie
de medidas presentes en esta resolución.
No se prevén efectos significativos sobre los recursos y cambio climático siempre y
cuando se adopten las medidas propuestas para ello.
Martes 24 de junio de 2025
36384
ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para este tipo de
obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento el impacto sobre la
calidad del aire, lo mismo que el ruido y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones de suministro de mercaderías, carga y descarga
de animales, retirada de residuos y operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así
como con los contaminantes emitidos por los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en la
explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol), NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen de focos difusos y
dada la enorme dificultad para el control de los valores límite de emisión de las mismas
se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas presentes en la resolución.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de aire,
ruido y contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas correctoras
propuestas.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
El área de implantación no presenta afecciones directas al patrimonio arqueológico o
etnográfico presente en la Carta Arqueológica.
En el área de estudio no discurren vías pecuarias.
No se prevé ninguna afección a monte de utilidad pública. En el entorno cercano de la
explotación no existen montes de utilidad pública.
— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos serían la ocupación del suelo por parte de las instalaciones, y
el consumo de cereales y agua por parte de los animales.
La actividad ganadera también podría tener efectos sobre el cambio climático derivados
de las emisiones gases producidas durante el estabulamiento de los animales y almacenamiento exterior de sus deyecciones principalmente. Para ello se proponen una serie
de medidas presentes en esta resolución.
No se prevén efectos significativos sobre los recursos y cambio climático siempre y
cuando se adopten las medidas propuestas para ello.