Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062516)
Resolución de 15 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina, titularidad de Antonio Mateos Escudero, en el término municipal de Castuera, provincia de Badajoz.
58 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025
36914
9. En la construcción de las instalaciones se pondrá especial atención en la retirada de
cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna que se
obtenga a la hora de realizar los trabajos (plásticos, metales, etc.). Estos sobrantes
deberán gestionarse por gestor autorizado.
10. Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
11. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
antes de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones,
al estar sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán
en el primer periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas plantaciones
estarán sujetas al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles reposiciones de
marras posteriores (incluido en el Programa de vigilancia y seguimiento ambiental).
12. Se limitarán los trabajos en la explotación de forma que se realicen durante el horario
diurno de forma que se eviten molestias y minimice la posible afección por ruidos.
13. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
14. La explotación dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento
de los purines, lixiviados y de las aguas de limpieza generadas en las instalaciones,
lazareto y estercolero, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas
superficiales y subterráneas. Para ello, dispondrá de red de saneamiento mediante
tuberías, y fosas con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad.
Las fosas deberán contar con capacidad suficiente para almacenar generada en la limpieza de las instalaciones. Las fosas de contarán con una cuneta o un talud perimetral
que evite el acceso de aguas de escorrentía, y además, dispondrán de un cerramiento
perimetral que impida el acceso de personas y animales. Para controlar su estanqueidad, se dispondrán pozos testigos capaces de detectar roturas o mal funcionamiento
del sistema de impermeabilización. Deberán contar con dispositivos que aumenten la
rugosidad de la lámina de impermeabilización.
Jueves 26 de junio de 2025
36914
9. En la construcción de las instalaciones se pondrá especial atención en la retirada de
cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna que se
obtenga a la hora de realizar los trabajos (plásticos, metales, etc.). Estos sobrantes
deberán gestionarse por gestor autorizado.
10. Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
11. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
antes de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones,
al estar sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán
en el primer periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas plantaciones
estarán sujetas al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles reposiciones de
marras posteriores (incluido en el Programa de vigilancia y seguimiento ambiental).
12. Se limitarán los trabajos en la explotación de forma que se realicen durante el horario
diurno de forma que se eviten molestias y minimice la posible afección por ruidos.
13. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
14. La explotación dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento
de los purines, lixiviados y de las aguas de limpieza generadas en las instalaciones,
lazareto y estercolero, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas
superficiales y subterráneas. Para ello, dispondrá de red de saneamiento mediante
tuberías, y fosas con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad.
Las fosas deberán contar con capacidad suficiente para almacenar generada en la limpieza de las instalaciones. Las fosas de contarán con una cuneta o un talud perimetral
que evite el acceso de aguas de escorrentía, y además, dispondrán de un cerramiento
perimetral que impida el acceso de personas y animales. Para controlar su estanqueidad, se dispondrán pozos testigos capaces de detectar roturas o mal funcionamiento
del sistema de impermeabilización. Deberán contar con dispositivos que aumenten la
rugosidad de la lámina de impermeabilización.