Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062518)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 122
Jueves 26 de junio de 2025
37005
2. Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte, con autonomía media y
bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en funciones
de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos industriales, etc.
3. Actividades y tareas propias de A.T.S. y/o D.U.E., realizando curas, llevando el control de
bajas de I.T. y accidentes, estudios audiométricos, vacunaciones, estudios estadísticos de
accidentes, etc.
4. Actividades de Graduado Social y/o Diplomado en Relaciones Laborales consistentes en
funciones de organización, control, asesoramiento o mando en orden a la admisión, clasificación, acoplamiento, instrucción, economato, comedores, previsión del personal, etc.
5. Tareas técnicas consistentes en el desarrollo de proyectos en toda su extensión, y en el cual
se deben aplicar normalización, cálculos genéricos y de detalle, resistencias de materiales,
consiguiendo la viabilidad total del proyecto.
Grupo Profesional 3.
Criterios generales.
Son aquellos trabajadores/as que, con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un
contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humana, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media, con autonomía dentro del proceso. Realizan
funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas,
realizadas por un conjunto de colaboradores, en un estadio organizativo menor.
Formación.
Titulación equiparable a ciclo formativo de grado medio o superior, y/o de módulo superior o
conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo
o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Comprende, las categorías establecidas en las tablas salariales del presente convenio.
Tareas.
Ejemplos. En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Tareas técnicas que consisten en el ejercicio del mando directo al frente de un conjunto
de operarios de oficio o de procesos productivos en instalaciones principales (siderurgia,
electrónica, automación, instrumentación, montaje o soldadura, albañilería, carpintería,
electricidad, etc.).
Jueves 26 de junio de 2025
37005
2. Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte, con autonomía media y
bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en funciones
de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos industriales, etc.
3. Actividades y tareas propias de A.T.S. y/o D.U.E., realizando curas, llevando el control de
bajas de I.T. y accidentes, estudios audiométricos, vacunaciones, estudios estadísticos de
accidentes, etc.
4. Actividades de Graduado Social y/o Diplomado en Relaciones Laborales consistentes en
funciones de organización, control, asesoramiento o mando en orden a la admisión, clasificación, acoplamiento, instrucción, economato, comedores, previsión del personal, etc.
5. Tareas técnicas consistentes en el desarrollo de proyectos en toda su extensión, y en el cual
se deben aplicar normalización, cálculos genéricos y de detalle, resistencias de materiales,
consiguiendo la viabilidad total del proyecto.
Grupo Profesional 3.
Criterios generales.
Son aquellos trabajadores/as que, con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un
contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humana, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media, con autonomía dentro del proceso. Realizan
funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas,
realizadas por un conjunto de colaboradores, en un estadio organizativo menor.
Formación.
Titulación equiparable a ciclo formativo de grado medio o superior, y/o de módulo superior o
conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo
o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Comprende, las categorías establecidas en las tablas salariales del presente convenio.
Tareas.
Ejemplos. En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Tareas técnicas que consisten en el ejercicio del mando directo al frente de un conjunto
de operarios de oficio o de procesos productivos en instalaciones principales (siderurgia,
electrónica, automación, instrumentación, montaje o soldadura, albañilería, carpintería,
electricidad, etc.).