Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Junta Consultiva De Contratación Administrativa. (2025040107)
Decreto 63/2025, de 24 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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NÚMERO 123
Viernes 27 de junio de 2025
37104
Artículo 21. La Presidencia de la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura.
La Presidencia ostenta la representación, preside las reuniones, dirige las deliberaciones,
ejecuta los acuerdos y ejerce el resto de las funciones que la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, atribuye a la presidencia de los órganos colegiados.
Artículo 22. La Secretaría de la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura.
En materia de clasificación, corresponde en particular a la persona que ejerza la Secretaría de
la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura:
a) Estudiar, elaborar y someter a la consideración de la citada Comisión, a través de su
Presidencia, los asuntos y expedientes competencia de la misma.
b) Tramitar los expedientes de clasificación y realizar las tareas de análisis, gestión y propuesta de las clasificaciones empresariales que ha de acordar la Comisión de Clasificación.
c) Tramitar los expedientes para la conservación de la clasificación por las empresas clasificadas; iniciar los expedientes de revisión que, en su caso, procedan y someter a
consideración de la Comisión de Clasificación los acuerdos que resulten pertinentes.
d) Asistir, con voz y voto, a las reuniones y levantar acta de las mismas.
e) Las demás funciones inherentes a la condición de titular de la Secretaría y aquellas otras
que pueda encomendarle la Presidencia.
Artículo 23. Atribuciones de las vocalías.
1. C
orresponde a las personas integrantes de la Comisión de Clasificación en calidad de vocales:
a) Asistir y participar en los debates de las sesiones.
b) Ejercer su derecho a voto y formular su voto particular.
c) Realizar aquellos estudios o comprobaciones que se le asignen.
d) Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas.
e) F
ormular ruegos y preguntas.
f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de vocal de la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura.
Viernes 27 de junio de 2025
37104
Artículo 21. La Presidencia de la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura.
La Presidencia ostenta la representación, preside las reuniones, dirige las deliberaciones,
ejecuta los acuerdos y ejerce el resto de las funciones que la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, atribuye a la presidencia de los órganos colegiados.
Artículo 22. La Secretaría de la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura.
En materia de clasificación, corresponde en particular a la persona que ejerza la Secretaría de
la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura:
a) Estudiar, elaborar y someter a la consideración de la citada Comisión, a través de su
Presidencia, los asuntos y expedientes competencia de la misma.
b) Tramitar los expedientes de clasificación y realizar las tareas de análisis, gestión y propuesta de las clasificaciones empresariales que ha de acordar la Comisión de Clasificación.
c) Tramitar los expedientes para la conservación de la clasificación por las empresas clasificadas; iniciar los expedientes de revisión que, en su caso, procedan y someter a
consideración de la Comisión de Clasificación los acuerdos que resulten pertinentes.
d) Asistir, con voz y voto, a las reuniones y levantar acta de las mismas.
e) Las demás funciones inherentes a la condición de titular de la Secretaría y aquellas otras
que pueda encomendarle la Presidencia.
Artículo 23. Atribuciones de las vocalías.
1. C
orresponde a las personas integrantes de la Comisión de Clasificación en calidad de vocales:
a) Asistir y participar en los debates de las sesiones.
b) Ejercer su derecho a voto y formular su voto particular.
c) Realizar aquellos estudios o comprobaciones que se le asignen.
d) Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas.
e) F
ormular ruegos y preguntas.
f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de vocal de la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura.