Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Honores Y Distinciones. (2025062560)
Resolución de 16 de junio de 2025, del Consejero, por la que se concede la medalla a la permanencia en el servicio de la Policía Local de Extremadura en la anualidad 2025 a D. Diego Ortiz López.
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NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025

37385

Tercero. Con fecha 16 de junio de 2025 se ha emitido informe-propuesta por el Secretario
General de Interior, Emergencias y Protección Civil, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.2
de la Orden de 17 de febrero de 2014.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para la concesión de la Medalla a la Permanencia en el Servicio de
la Policía Local de Extremadura corresponde al Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo
Social, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior
y Diálogo Social, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 17 de
febrero de 2014.
Segundo. Respecto al procedimiento de concesión de las medallas a la permanencia en el
servicio de la policía local, establece el artículo 8 de la citada Orden de 17 de febrero de 2014,
que se iniciará a solicitud de las corporaciones locales o, en su caso, asociaciones de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura constituidas para el ejercicio de la función
policial local, y que el plazo para la presentación de solicitudes terminará el 31 de marzo de
cada año natural.
Tercero. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.1 de la Orden de 17 de febrero de 2014,
para la concesión de la Medalla a la Permanencia en el Servicio de la Policía Local de Extremadura, será necesario que en el miembro del cuerpo de la policía local o en el auxiliar de la
policía local concurran las siguientes circunstancias:
a) Estar en situación de servicio activo en un cuerpo de la policía local o como auxiliar de
policía local de Extremadura.
b) Tener reconocidos treinta años de servicios en cuerpos de policía local o como auxiliar
de policía local de entidades locales o, en su caso, asociaciones funcionales constituidas,
tanto de Extremadura como de otras Comunidades Autónomas, si se optara a la categoría de oro.
c) Tener reconocidos veinte años de servicios en cuerpos de policía local, o como auxiliar
de policía local de entidades locales o, en su caso, asociaciones funcionales constituidas,
tanto de Extremadura como de otras Comunidades Autónomas, si se optara a la categoría de plata.
Cuarto. Asimismo, conforme al apartado tercero del artículo 5, será requisito indispensable
para resultar beneficiario de la Medalla a la Permanencia en el Servicio de la Policía Local de
Extremadura, no haber sido condenado o sancionado, en el ámbito disciplinario, por sentencia