Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2025062598)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2025/2026.
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NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025

37526

Protección de Datos Personales. Cláusula Informativa.
RESPONSABLE
del Tratamiento

Persona Titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional.
Dirección: Edificio III Milenio. Avda. Valhondo s/n, Módulo 5, 1ª planta.
Mérida 06800
Teléfonos: 924004035/924004011
Correo electrónico: dgfpiie.ecfp@juntaex.es
Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es

FINALIDAD
del Tratamiento

LEGITIMACIÓN
del Tratamiento

Este procedimiento tiene como finalidad la admisión y matriculación del
alumnado en los centros de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y
programas no formales, dirigidas a personas adultas en Extremadura durante
el curso 2025/2026.
La base legal para el tratamiento de los datos de carácter personal se recoge
en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de datos personales y garantía de los derechos digitales. Así, “solo podrá
considerarse fundado en el cumplimiento de una obligación legal exigible al
responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1.c) del Reglamento
(UE) 2016/679”.

PLAZO DE
La información será conservada durante el tiempo necesario para cumplir
CONSERVACIÓN con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles
responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento
de los datos
de los datos. Cumplidos esos plazos podrán ser trasladados al Archivo
Histórico de acuerdo con la normativa vigente.
DESTINATARIOS Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser
de cesiones o
comunicados a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin
transferencias
precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una
norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine que las
cesiones procedan como consecuencia del cumplimiento del a obligación
legal, aunque se deberá informar de este tratamiento al interesado, salvo
excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.
Para aquellos procedimientos tramitados en SEDE electrónica de la Junta de
Extremadura, los datos recopilados que puedan servir para la realización de
comunicaciones a los interesados estarán disponibles conforme a lo regulado
en la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración Ágil en la C.A. de
Extremadura, mediante su cesión a la Base de Datos Administrados, cuyo
Responsable de Tratamiento es la persona Titular de la Consejería
competente sobre la citada SEDE-Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
No están previstas transferencias internacionales de datos.