Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2025062598)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2025/2026.
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NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025

37506

c. Por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura, https://tramites.juntaex.es/sta/reg/auth/es/6269000000814004007984
o cualquier otro de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso
de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será
necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en
vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y https://www.cert.fnmt.es/
3. Las solicitudes que no incluyan la información requerida en los apartados indicados como
de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo de reclamaciones indicado en el calendario
de actuaciones.
Sexto. Medidas de apoyo a quien presente la solicitud por vía telemática.
Debido a que, según el resuelvo anterior, es posible presentar las solicitudes por medios electrónicos, para las personas que tengan dificultades en la presentación de estas se establecerán puestos de apoyo y ayuda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Dichos puestos están equiparados de funcionarios habilitados para facilitar la realización de dichos trámites.
II. Admisión en enseñanzas iniciales para personas adultas.
Séptimo. Requisitos generales de admisión.
1. Deberán presentar solicitud de admisión a las Enseñanzas Iniciales para personas adultas:
a. Quienes deseen acceder a esta oferta por primera vez.
b. El alumnado que haya perdido el derecho a permanencia en estas enseñanzas. Se considera que el alumnado ha perdido el derecho a permanencia por transcurrir el plazo de
solicitud de matrícula y no haberla efectuado.
2. La persona solicitante presentará una única solicitud en el plazo establecido en el calendario de actuaciones y en la forma indicada en el resuelvo quinto de esta resolución, conforme al modelo del anexo III.
3. Las personas interesadas podrán oponerse a que la Consejería competente haga pública su
condición de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en los listados de adjudicación.
No obstante lo anterior, cualquier persona solicitante tendrá acceso, previa petición escrita
a la dirección del centro en el que presentó su solicitud, al resultado detallado de las adjudicaciones de todas las personas solicitantes que compiten con ellas por una plaza escolar.