Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062570)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Arroyo Caballo", a realizar en el término municipal de Trujillo (Cáceres). Expte.: IA23/0521.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025
37885
5. S
e financiará un acuerdo de custodia del territorio de una parcela equivalente al 20%
de la superficie ocupada de la planta en una zona con presencia de cernícalo primilla, el
cual será consensuado con la DGS.
6. S
e construirán 10 majanos para conejos en superficie. Cada majano estará formado por
7 cámaras de cría de hormigón prefabricado interconectadas entre sí por tubos del mismo material con reducción en las salidas del vivar, con el objeto de limitar la entrada de
predadores terrestres. La red de tubos y cámaras de cría serán cubiertas con una capa
de tierra de entre 0,5 y 1 m de altura. El montículo de tierra generado será cubierto con
una malla de hierro electrosoldado de luz 10 x 10 cm para evitar la predación de las
gazaperas que generen las conejas fuera de las cámaras de cría y cubierta con tierra y
material leñoso procedente de la zona.
D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la
vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado
de limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, intentando mantener la topografía original del terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al
proyecto. Estas medidas se realizarán en un periodo inferior a 9 meses a partir del fin de
la actividad.
Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad
en el que se recojan las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno en su estado
original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos, así como de la
gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado antes de su ejecución
por el órgano ambiental, que llevará a cabo las modificaciones que estime necesarias.
E) Conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Visto el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y, analizadas las características y ubicación del proyecto de ISFA “Arroyo Caballo”, se considera que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a las especies o hábitats que son objeto de
conservación en algún lugar de la Red Natura 2000, tanto individualmente como en combinación con otros proyectos que se plantean desarrollar en el entorno, siempre que se cumplan
todas las medidas establecidas en esta DIA.
Se concluye que no se aprecian perjuicios para la integridad de ningún lugar de la Red Natura
2000.
Martes 1 de julio de 2025
37885
5. S
e financiará un acuerdo de custodia del territorio de una parcela equivalente al 20%
de la superficie ocupada de la planta en una zona con presencia de cernícalo primilla, el
cual será consensuado con la DGS.
6. S
e construirán 10 majanos para conejos en superficie. Cada majano estará formado por
7 cámaras de cría de hormigón prefabricado interconectadas entre sí por tubos del mismo material con reducción en las salidas del vivar, con el objeto de limitar la entrada de
predadores terrestres. La red de tubos y cámaras de cría serán cubiertas con una capa
de tierra de entre 0,5 y 1 m de altura. El montículo de tierra generado será cubierto con
una malla de hierro electrosoldado de luz 10 x 10 cm para evitar la predación de las
gazaperas que generen las conejas fuera de las cámaras de cría y cubierta con tierra y
material leñoso procedente de la zona.
D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la
vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado
de limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, intentando mantener la topografía original del terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al
proyecto. Estas medidas se realizarán en un periodo inferior a 9 meses a partir del fin de
la actividad.
Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad
en el que se recojan las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno en su estado
original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos, así como de la
gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado antes de su ejecución
por el órgano ambiental, que llevará a cabo las modificaciones que estime necesarias.
E) Conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Visto el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y, analizadas las características y ubicación del proyecto de ISFA “Arroyo Caballo”, se considera que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a las especies o hábitats que son objeto de
conservación en algún lugar de la Red Natura 2000, tanto individualmente como en combinación con otros proyectos que se plantean desarrollar en el entorno, siempre que se cumplan
todas las medidas establecidas en esta DIA.
Se concluye que no se aprecian perjuicios para la integridad de ningún lugar de la Red Natura
2000.