Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062566)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de aguas para riego, consistente en el aumento de superficie en 59,5826 ha, totalizando 99,5826 ha de cultivos herbáceos en la finca "La Mata" en el término municipal de Madrigalejo (Cáceres). Expte.: IA23/1295.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025
37824
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Por otro lado, la zona de actuación no se encuentra en zona
vulnerable a la contaminación por nitratos, por lo que parece poco probable una eventual contaminación de las aguas subterráneas.
No obstante, a la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las
recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. Se deberá
prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes
lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente
identificado y autorizado su uso. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas
preventivas, las afecciones no deberían resultar significativas.
C.2.3 Geología y suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la ejecución de las zanjas y la ampliación de la balsa existente. Por otro lado, el
propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de compactación de los horizontes
superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud
elevada, principalmente debido a la limitada profundidad de las zanjas, teniendo en
cuenta además que gran parte del terreno extraído será reutilizado para el tapado
de las zanjas. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o
correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable
para el medio edáfico.
El tipo de explotación hace previsible que los impactos más significativos se produzcan
en fase de construcción, ya que por el tipo de cultivo no se realizarán modificaciones
sustanciales sobre este factor.
Al igual que se indicó para el factor sistema hidrológico y calidad de las aguas, en lo
referente a la explotación agraria, se deberán controlar los posibles impactos ambientales generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por
posibles retornos de riego.
Martes 1 de julio de 2025
37824
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Por otro lado, la zona de actuación no se encuentra en zona
vulnerable a la contaminación por nitratos, por lo que parece poco probable una eventual contaminación de las aguas subterráneas.
No obstante, a la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las
recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. Se deberá
prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes
lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente
identificado y autorizado su uso. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas
preventivas, las afecciones no deberían resultar significativas.
C.2.3 Geología y suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la ejecución de las zanjas y la ampliación de la balsa existente. Por otro lado, el
propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de compactación de los horizontes
superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud
elevada, principalmente debido a la limitada profundidad de las zanjas, teniendo en
cuenta además que gran parte del terreno extraído será reutilizado para el tapado
de las zanjas. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o
correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable
para el medio edáfico.
El tipo de explotación hace previsible que los impactos más significativos se produzcan
en fase de construcción, ya que por el tipo de cultivo no se realizarán modificaciones
sustanciales sobre este factor.
Al igual que se indicó para el factor sistema hidrológico y calidad de las aguas, en lo
referente a la explotación agraria, se deberán controlar los posibles impactos ambientales generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por
posibles retornos de riego.