Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062592)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la cofinanciación de la adquisición de equipamiento científico-técnico, para la anualidad 2025.
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NÚMERO 126
38003
Miércoles 2 de julio de 2025
Durante estas fases se hará entrega de los pliegos de prescripciones técnicas, pliego de prescripciones administrativas, anuncio de adjudicación, contrato firmado y acta de recepción
firmada.
Por ello, y teniendo en cuenta la actuación contemplada en el proyecto, los recursos financieros necesarios para acometer el proyecto son los siguientes:
PROYECTO
EQUIPAMIENTO
CIENTÍFICO-TÉCNICO
IMPORTE
FINANCIABLE
ANTICIPO
REEMBOLSABLE
FEDER (85%)
COFINANCIACIÓN
NACIONAL (15%) (NO
SUBVENCIONABLE CON
LA AYUDA ESTATAL)
EQC2024-008676-P
Emulador Cuántico
601.424,41 €
511.210,74 €
90.213,67 €
Total
90.213,67 €
Cuarta. Gastos.
Sólo se considerarán financiables aquellos gastos que estén directamente relacionados con el
desarrollo de la actuación objeto del presente convenio y que resulten estrictamente necesarios para su realización.
Todos los gastos deberán estar ejecutados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre
de 2025, ambos inclusive, pudiéndose realizar los pagos durante el periodo de justificación.
Quinta. Pago.
El pago de esta transferencia específica se hará efectivo de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura
y en el artículo 3.2 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de
disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2005, que establece que: “ Las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer mes
de cada trimestre. No obstante, las transferencias nominativas cuyo crédito presupuestario
total no exceda de 300.000 euros podrán ejecutarse de una sola vez para su pago dentro de
los treinta días siguientes a la fecha de contabilización de la correspondiente propuesta de
pago”. Conforme a ello, el pago de la presente transferencia específica se efectuará en un
único pago, a la firma del presente convenio.
Sexta. Justificación.
La justificación de la transferencia específica será única y, se realizará por la fundación a
través de la página web https://ayudaspri.juntaex.es. Dicha justificación se podrá presentar
38003
Miércoles 2 de julio de 2025
Durante estas fases se hará entrega de los pliegos de prescripciones técnicas, pliego de prescripciones administrativas, anuncio de adjudicación, contrato firmado y acta de recepción
firmada.
Por ello, y teniendo en cuenta la actuación contemplada en el proyecto, los recursos financieros necesarios para acometer el proyecto son los siguientes:
PROYECTO
EQUIPAMIENTO
CIENTÍFICO-TÉCNICO
IMPORTE
FINANCIABLE
ANTICIPO
REEMBOLSABLE
FEDER (85%)
COFINANCIACIÓN
NACIONAL (15%) (NO
SUBVENCIONABLE CON
LA AYUDA ESTATAL)
EQC2024-008676-P
Emulador Cuántico
601.424,41 €
511.210,74 €
90.213,67 €
Total
90.213,67 €
Cuarta. Gastos.
Sólo se considerarán financiables aquellos gastos que estén directamente relacionados con el
desarrollo de la actuación objeto del presente convenio y que resulten estrictamente necesarios para su realización.
Todos los gastos deberán estar ejecutados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre
de 2025, ambos inclusive, pudiéndose realizar los pagos durante el periodo de justificación.
Quinta. Pago.
El pago de esta transferencia específica se hará efectivo de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura
y en el artículo 3.2 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de
disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2005, que establece que: “ Las órdenes de pago se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer mes
de cada trimestre. No obstante, las transferencias nominativas cuyo crédito presupuestario
total no exceda de 300.000 euros podrán ejecutarse de una sola vez para su pago dentro de
los treinta días siguientes a la fecha de contabilización de la correspondiente propuesta de
pago”. Conforme a ello, el pago de la presente transferencia específica se efectuará en un
único pago, a la firma del presente convenio.
Sexta. Justificación.
La justificación de la transferencia específica será única y, se realizará por la fundación a
través de la página web https://ayudaspri.juntaex.es. Dicha justificación se podrá presentar